Los representantes del Ministerio de Trabajo y de las principales organizaciones representativas de los autónomos ven factible que las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales gestionen la prestación por cese de actividad del colectivo, entendida como cobertura de paro. No obstante, el hecho de que los más de tres millones de trabajadores por cuenta propia tengan acceso a la percepción del desempleo todavía está muy lejana. Los interlocutores sitúan en 2009 el cobro de la prestación.
Las mutuas, entidades colaboradoras de la Seguridad Social, ya se encargan de las cotizaciones de los autónomos por accidente laboral y por incapacidad temporal, por esto ni el Gobierno ni las organizaciones de trabajadores por cuenta propia descartan que también gestionen el desempleo. Por otro lado, se desprende que al ser una prestación basada en la contributividad, sostenibilidad y garantía del sistema tendrá carácter público y obligatorio.
El cese involuntario de la actividad de los autónomos fue uno de los temas abordados en una reunión, celebrada a última hora de este martes, entre el Ministerio y la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), la Unión Profesional de Trabajadores Autónomos (UPTA), vinculada a UGT, y de la Confederación Española de Autónomos (CEA), asociada a CEOE. En el transcurso del encuentro, las partes acordaron crear una comisión de expertos para desarrollar la prestación de desempleo, compuesta por cuatro miembros en representación de cada interlocutor.
Periodo de cotización
Los planes del Ministerio apuntan a que los expertos ultimen un estudio antes del verano de 2008. Posteriormente se realizará una encuesta entre los propios autónomos para ver sus preferencias y, posteriormente, en el último semestre del año se desarrollará la iniciativa parlamentaria. Por otro lado, la ley una vez aprobada necesitará un periodo hasta su aplicación, durante el cual los trabajadores coticen para poder percibir la prestación. En consecuencia, los autónomos no tendrán paro hasta 2009.
Respecto al autónomo económicamente dependiente, Ministerio y organizaciones decidieron elaborar un borrador de decreto con las cláusulas mínimas que deberá recoger el contrato de carácter mercantil de este tipo de trabajadores, que tienen el 75% de sus rentas laborales vinculado a una sola empresa o cliente. La intención de Trabajo es que la norma vea la luz en la presente legislatura, es decir, en el primer trimestre del próximo año.
Además, de las cláusulas mínimas, el decreto establecerá el registro donde se inscribirán los contratos y la definición con claridad de los mecanismos que determinan la representatividad de las organizaciones de autónomos. El desarrollo de la prestación de paro y de las condiciones del autónomo dependiente forman parte de los reglamentos que han de poner en marcha el Estatuto del Trabajo Autónomo que entró en vigor el 12 de octubre de 2007.
Elisa García
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