Las vacaciones de verano no podrán disfrutarse uniéndolas a una baja laboral. Así de claro lo ha dejado el Tribunal Supremo. Sólo podrán sumarse en el caso del permiso de maternidad.
Cuando las vacaciones le pillen de baja por enfermedad o accidente laboral, no las podrá disfrutar a la vuelta. Así lo dice una sentencia del Tribunal Supremo.
El Alto Tribunal da la razón con esta sentencia a unos grandes almacenes. Dos de sus trabajadores volvieron a su puesto tras un periodo de baja laboral y pidieron disfrutar de sus vacaciones atrasadas, algo que les negó la empresa. Con esta sentencia se zanja una sentencia hasta ahora muy polémica. Según explica un abogado laborista, la sentencia "entiende que el trabajador ya ha descansado durante su baja por lo que no tiene la necesidad de coger las vacaciones".
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