21 de septiembre de 2024
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Decretan apertura de juicio oral contra el alcalde de Molvízar (Granada) por coacciones a un trabajador

Decretan apertura de juicio oral contra el alcalde de Molvízar (Granada) por coacciones a un trabajador

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Motril (Granada) ha decretado la apertura de juicio oral contra el alcalde de Molvízar, Fermín García (PP), acusado de coaccionar a un trabajador municipal para que en las pasadas elecciones votara a su partido. Según informaron a Europa Press fuentes judiciales, el juzgado da por finalizada la instrucción del caso, después de que las partes hayan presentado sus respectivos escritos de acusación, y deberá ser enjuiciado en un Juzgado de lo Penal de la localidad costera, cuya fecha será determinada con posterioridad. La Fiscalía ha solicitado la pena de 15 meses de cárcel e inhabilitación por el mismo periodo para el alcalde y también para un encargado de mantenimiento del Consistorio por supuestamente coaccionar al empleado que fue despedido después de negarse a la petición del regidor. Según el escrito de acusación, al que tuvo acceso Europa Press, el alcalde y el encargado de mantenimiento "urdieron en común" un plan consistente en "forzar la voluntad de determinados trabajadores del Ayuntamiento en el afán de conseguir el mayor respaldo electoral de cara a la reelección". El fin era asegurarse el voto de los mismos y de sus familiares más cercanos para la candidatura del PP, encabezada por el alcalde y en la que figuraba en quinto puesto un hermano del encargado, de iniciales este último F.G.A., también considerado coautor del delito. Para tal fin y de manera "más o menos velada", según consta en el relato fiscal, "no dudaban en amedrentar la voluntad de aquellos trabajadores bajo las represalias que a nivel laboral les podía acarrear un comportamiento distinto al exigido y que pasaba, además, por obligarles a votar por correo para que de esta forma acreditasen fehacientemente el sentido de su voto". Así ocurrió con el trabajador Carlos Jiménez, oficial de segunda empleado en el Ayuntamiento de Molvízar en labores de mantenimiento, quien el día 11 de mayo de 2007 a las 12.05 horas "fue abordado por el imputado F.A.G., quien le advirtió de que sólo seguirían trabajando aquellos empleados que votasen a su partido político", por lo que su voto, el de su mujer y el de su hijo "debían hacerlo a favor de dicho partido y por correo para poder corroborar tal extremo". Tras incidir en lo ya dicho, el mismo día sobre las 12.45 horas por llamada telefónica F.A.G le requirió "la mayor discreción" ante lo ya anunciado: "Carlos, lo comentado antes queda entre el alcalde, tú y yo y si algo se difunde es por ti". El 15 de mayo a las 08.15 horas el mismo imputado de nuevo se puso en contacto con el mismo trabajador intentando conseguir una respuesta a la advertencia efectuada: "… la operación hay que hacerla hoy porque se termina el plazo", al tiempo que le indicó que de no efectuarse así su voto y el de sus familiares "esto va a trascender". DESPEDIDO EL MISMO DÍA. Carlos respondió negativamente a la exigencia efectuada y fue notificada ese mismo día, a las 15.00 horas, su carta de despido firmada por el alcalde, quien rescindía el contrato que mantenía con el Ayuntamiento con fecha 30 de mayo de 2007, aunque la fecha de finalización del mismo era el 18 de agosto de 2007. Ese mismo día recibieron carta de despido tres trabajadores más. El pasado mes de septiembre el Juzgado de lo Social de Motril condenó al Ayuntamiento de Molvízar a readmitir o a indemnizar con 12.000 euros al trabajador, además de pagarle más de 4.000 euros por el salario que dejo de percibir por el despido improcedente.

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