El Consejo de Ministros aprobó el pasado 22 de marzo y ya ha sido publicada en el BOE la modernización y ampliación de las condiciones laborales del sector artístico que se apoya fundamentalmente en los siguientes apartados:
- Redefinición y protección de la actividad profesional artística
El Real Decreto-ley amplia la definición de entretenimiento público para incluir todas aquellas actividades profesionales relacionadas con el sector que no implican necesariamente una actuación en el escenario.
De este modo, la nueva definición de la actividad cultural como objeto de una determinada relación laboral, le permite adaptarse a las nuevas realidades culturales, a las nuevas formas y canales de comunicación y, en general, a las nuevas formas y expresiones culturales como puede ser el streaming o los podcasts.
- Actividades técnicas y auxiliares
Se incluye al personal técnico y artístico en la regulación del Real Decreto-ley adaptándose así a un colectivo especialmente propenso a la contratación a través de autónomos y beneficiando a los propios trabajadores además de a las empresas del sector.
- Nuevo contrato laboral artístico e indemnizaciones
La novedad fundamental e importante del Real Decreto-ley es la creación de un contrato temporal específico para el sector artístico.
El nuevo contrato se deberá celebrar únicamente en las necesidades temporales clásicas del sector como pueden ser:
- tiempo cierto,
- una o varias actuaciones,
- por una temporada,
- por las distintas fases de producción o
- por el tiempo que la obra permanezca en cartel.
Incluye esta nueva modalidad contractual al personal técnico y auxiliar.
Prevé el Real Decreto-ley una garantía adicional para este contrato como es la expresa aplicación contra el encadenamiento prolongado de contratos según lo recogido en el art 15 del Estatuto de los trabajadores.
En cuanto a las indemnizaciones, se mejora el régimen indemnizatorio aumentando a 12 días la indemnización, pudiendo ser de hasta 20 días en contratos que excedan de 18 meses de duración.
- Seguridad Social
Se prevé una cotización reducida a los autónomos con rendimientos anuales inferiores a 3.000€.
Establece el Real Decreto-ley que los profesionales de la cultura quedarán exentos del desincentivo incluido en la reforma laboral para aquellos contratos que duran menos de 30 días por su carácter eminentemente intermitente.
«Creemos que es un paso importantísimo y una gran noticia para el sector. Desde el área laboral de Ecija hemos tenido la oportunidad de ayudar en la recta final de una negociación que entendemos neutraliza los efectos de la reforma laboral en el sector audiovisual y del espectáculo», reconocen desde ECIJA.
Para cualquier duda o consulta puedes contactar con ECIJA haciendo click aquí
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