El Juzgado de lo Social número 33 de Madrid ha dictado sentencia este miércoles en la que reconoce que un repartidor de Glovo es un falso autónomo y tiene relación laboral con esta empresa, según ha informado UGT en un comunicado.
En concreto, los servicios jurídicos del sindicato instaron la demanda de un repartidor que había sido despedido por participar en una huelga espontánea realizada en septiembre de 2018 por parte de los repartidores de Glovo para reivindicar mejoras en sus condiciones de trabajo.
La sentencia conocida hoy, «favorable para los trabajadores», según UGT, llega tras dos sentencias contrarias dictadas por los Juzgados de lo Social número 37 y 17 de Madrid, que habían considerado que la relación de estos repartidores de Glovo era propia de trabajadores autónomos económicamente dependientes (Trade).
El texto de la sentencia recoge las circunstancias y condiciones en las que se presta el servicio de reparto en Glovo, analiza la nueva realidad de la actividad productiva a través de las nuevas tecnologías y plataformas digitales y concluye aceptando la argumentación de UGT de que la relación de trabajo de los repartidores es laboral, aplicándose en toda su extensión a la misma las normas laborales y de Seguridad Social propias del trabajo asalariado.
Los comentarios están cerrados.