22 de noviembre de 2024
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Semana de negociaciones en el conflicto Ryanair

Semana de negociaciones en el conflicto Ryanair

Con el comienzo del mes de septiembre, USO afronta una semana de negociaciones decisivas para el futuro del conflicto laboral en Ryanair. El miércoles, 5 de septiembre, se retoman las reuniones entre los sindicatos que representan a los TCP en España y los representantes de Ryanair y sus agencias, mientras que el 7 de septiembre se celebra en Roma una reunión conjunta con los sindicatos españoles, italianos, portugueses, belgas, holandeses y alemanes para valorar las huelgas del mes de julio y agosto y decidir nuevas movilizaciones europeas.

Estas próximas reuniones se darán en un contexto en el que Ryanair está firmando acuerdos con sindicatos de pilotos y tripulantes de cabina en Irlanda e Italia. En Italia, el acuerdo alcanzado por Ryanair con el sindicato que representa a una parte del colectivo de pilotos, ANPAC, se enmarca en el contexto en el que, dos sindicatos italianos (FILT CGIL-UIL Trasporti y FIT-CISL) denunciaron la actitud antisindical de Ryanair por ignorar a los sindicatos que no eran de su elección, y atender al elegido por Ryanair.

Con respecto al acuerdo, firmado en Italia entre ANPAC y Ryanair, que regula condiciones laborales para los pilotos que voluntariamente se quieran acoger a él, Ernesto Iglesias, responsable de Vuelo de USO Sector Aéreo, explica que “no es un convenio colectivo que conceda contratos italianos, sino que siguen siendo irlandeses, y ha sido negociado a pesar de la sentencia judicial de un tribunal italiano que viene a defender las elecciones sindicales que legitimen a los sindicatos representativos, derecho que Ryanair niega en todos los países, en línea con su actitud antisindical”.

Un tribunal de Busto Arsizio (el correspondiente al aeropuerto de Malpensa, Milán) condenó en el mes de febrero de 2018 a Ryanair por prácticas antisindicales contra estas organizaciones. En su fallo, la jueza “declara el antisindicalismo del comportamiento de Ryanair, consistente en el rechazo de promover cualquier forma de encuentro con los sindicatos que lo han solicitado, en el rechazo de procurar la información establecida por la ley italiana para las empresas que operan en territorio italiano y en el rechazo de colaborar en los procedimientos de nombramiento de los representantes sindicales para el aeropuerto de Malpensa”.

Y, por lo tanto, ordena a la compañía “cesar inmediatamente tal conducta (…); atender a las peticiones de una reunión (…) con el fin de hacer viables las negociaciones para estipular un acuerdo colectivo (…); comunicar a los sindicatos los datos sobre la utilización de los contratos de suministro y sobre la situación del personal masculino y femenino previsto en la ley de igualdad de oportunidades”.

Asimismo, conmina a Ryanair a abonar las costas del proceso y a restituir la imagen pública de los sindicatos mediante la publicación en un diario local y otro de tirada nacional de extractos de la sentencia, a cargo de Ryanair.

En el auto, la jueza rebate en primer lugar las alegaciones de Ryanair contra su incompetencia territorial. La aerolínea solicitaba que la denuncia se realizase en un juzgado de Dublín. Sin embargo, la magistrada se remite a la legislación europea UE 12/12/2012 para afirmar que la otra parte puede ser juzgada fuera de su país «en materia de ilegalidades civiles dolosas o culposas, delante de la autoridad jurisdiccional del lugar en el cual ha ocurrido o pudiera ocurrir el evento dañino». Además, la magistrada, en su exposición de los hechos, sostiene que «la compañía recurrente posee una base operativa en el Aeropuerto de Malpensa (…). También la sentencia del Tribunal Europeo de Justicia de 2017 ha establecido que a quien opera en las varias bases de la compañía debe serle aplicado el derecho laboral de los respectivos estados, y no el irlandés».

El Responsable de Vuelo de USO Sector Aéreo, considera que “esta sentencia es un paso más en el lento camino legal para poner coto al desprecio con el que Ryanair trata a las organizaciones sindicales que no son de su elección y por extensión a los trabajadores que representan. La jueza recopila toda la jurisprudencia que poco a poco se va creando en torno al modelo de colonialismo laboral de Ryanair, citando, por ejemplo, los mismos principios que en Holanda reconocieron a una tripulante de cabina que su base era ese país y no Dublín”.

Iglesias incide en que “en España Ryanair solo se ha sentado con nosotros obligado por la Dirección General de Empleo, y nunca ha atendido las reuniones que le hemos solicitado, alegando que es Ryanair quien debe elegir con qué personas de cada sindicato negocia. En España permanecemos a la espera de la nueva reunión el día 5 y de los diferentes caminos judiciales que hemos emprendido, tanto en la vía penal por un presunto delito contra la libertad sindical, la Inspección de Trabajo, y a partir de septiembre, por la demanda en la Audiencia Nacional por la vulneración de la libertad sindical durante la huelga”.

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