15 de noviembre de 2024
RRHHDigital - El periódico online referente en Recursos Humanos

Un juez declara accidente laboral una lesión en el hombro

Un Juzgado de lo Social de Guadalajara ha declarado como accidente laboral una lesión en el hombro de una trabajadora que fue considerada enfermedad común por el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS). 

La demanda al juzgado de lo Social fue interpuesta por una auxiliar de enfermería del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) en Guadalajara que sufría molestias en un hombro que se agravaron al levantar a un paciente dentro de su centro de trabajo, después de que la mutua lo relacionase con un proceso degenerativo y de que el INSS desestimase que el malestar fuese por contingencia profesional.

Según la Federación de Servicios Públicos (FeSP) de UGT en Guadalajara, la jurisprudencia establece que el accidente de trabajo es «toda lesión corporal que el trabajador sufre con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute, que se debe considerar como accidente de trabajo y por la que se debe percibir durante la baja el 100% de las retribuciones sin aplicar los descuentos salariales en caso de la consideración de enfermedad común».

En el fallo, el juzgado afirma que estima la demanda interpuesta por la trabajadora frente al INSS, la Tesorería General de la Seguridad Social, Mutua Solimat y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, ya que considera que el proceso de incapacidad que sufría la demandante deriva de un accidente laboral.

La federación de UGT ha solicitado que todas las bajas de los empleados públicos de la Junta de Castilla-La Mancha y el Sescam, ya sean las derivadas de contingencia común como de contingencia profesional o de accidente de trabajo, sean gestionadas por medios propios y se elimine a la mutua.

Además, ha pedido que se eliminen los descuentos salariales del 50% en los tres primeros días de baja y del 25% que se realiza del día cuarto al vigésimo en los procesos comunes. «Los profesionales no se dan de baja por gusto y no puede castigarse con pérdida económica en estas bajas», ha añadido la organización.

También ha instado a las distintas administraciones públicas a que hagan una «adecuada» evaluación de riesgos laborales que «garanticen que el número de trabajadores esta en relación directa con los trabajos que se deben realizar, pero nunca por debajo».

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Los lectores opinan

¿Cuál es el mayor desafío para abordar la salud mental en el entorno laboral?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...
Lo más leído

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital