18 de noviembre de 2024
RRHHDigital - El periódico online referente en Recursos Humanos

La sentencia del TUE sobre despidos colectivos no afecta a la reforma laboral

La secretaria de Estado de Empleo, Engracia Hidalgo, ha afirmado que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) hecha pública este miércoles, según la cual la definición de despido colectivo empleada en la ley española es contraria al derecho de la Unión «en ningún caso hace referencia a nada que tenga que ver con la reforma laboral».

   La sentencia del TUE considera ilegal que la normativa española utilice la empresa como única unidad de referencia, y no el centro de trabajo, a la hora de determinar si los despidos deben calificarse como colectivos. En relación con esto, Hidalgo ha aclarado durante un almuerzo organizado por la Asociación de Periodistas de Información Económica (APIE) que «la palabra empresa existe en el estatuto de los trabajadores como tal desde 1994».

   El fallo del TUE se refiere al caso de un trabajador de la empresa Nexea, integrada en el grupo mercantil Correos, que cuenta con dos centros de trabajo situados en Madrid y Barcelona en los que trabajaban, respectivamente, 164 y 20 trabajadores. En diciembre de 2012 fueron despedidos por causas económicas 13 trabajadores del centro de trabajo de Barcelona, entre ellos el denunciante. Éste impugnó su despido por considerar que Nexea había eludido fraudulentamente la aplicación del procedimiento de despido colectivo, obligatorio en virtud de la legislación de la UE.

   En concreto, el TUE determina que la norma española «infringe la directiva (sobre despidos colectivos)» al introducir «como única unidad de referencia la empresa y no el centro de trabajo, cuando la aplicación de dicho criterio conlleva obstaculizar el procedimiento de información y consulta establecido en la directiva, cuando, de haberse utilizado como unidad de referencia el centro de trabajo, los despidos habrían debido calificarse de ‘despido colectivo'».

   Según ha explicado Hidalgo, entre marzo de 2012 y septiembre de 2014 se produjeron 11.542 despidos colectivos, de los que el 83,7% fueron con acuerdo. Solo 58 llegaron al Tribunal Supremo, de los que 31 fueron ajustados de derecho, 9 no y 18 fueron considerados nulos.

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Los lectores opinan

¿Cuál es el mayor desafío para abordar la salud mental en el entorno laboral?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...
Lo más leído

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital