17 de noviembre de 2024
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La Infanta Cristina, imputada por dos delitos fiscales

La Infanta Cristina, imputada por dos delitos fiscales

 

Finalmente la Audiencia Provincial de Palma ha resuelto exonerar a la Infanta Cristina tan solo del delito de blanqueo de capitales manteniendo su imputación por dos delitos fiscales. Éste es, de los posibles escenarios que se planteaban ante el recurso, el resultado más complicado. La Infanta tiene así medio pie en el banquillo de los acusados pero puede mantener una pequeña ‘esperanza’: que el juez José Castro aplique la llamada ‘doctrina Botín’. Ésta, que el juez no está obligado a aplicar, permite a un imputado por delito fiscal librarse del banquillo si no hay acusación pública o particular. En este caso, ni fiscal ni Abogacía del Estado ni Hacienda acusan a la Infanta. Lo hace sólo la acusación popular Manos Limpias. Así las cosas, la decisión del futuro judicial de Cristina de Borbón pasa de nuevo por las manos de Castro.
Si éste decide llevar a la Infanta al banquillo su decisión será irrecurrible. Si por el contrario decide sobreseer los delitos fiscales, Manos Limpias podría recurrir tal decisión ante la Audiencia.
La Audiencia respalda en parte el auto del juez Castro que imputa a Cristina de Borbón como cooperadora de los dos delitos fiscales cometidos por Iñaki Urdangarin a través de su sociedad familiar Aizoon. Estos delitos provienen del cobro de asesorías ficticias millonarias de grandes empresas que no fueron declaradas en el IRPF del duque de Palma sino que fueron percibidas a través de su sociedad instrumental para evadir impuestos.
La Infanta Cristina a su llegada a los juzgados de Palma en febrero. A. VERA
Iñaki Urdangarin defraudó 182.005 euros en el ejercicio 2007 y 155.138 euros en el ejercicio 2008. Amabas cantidades superan con creces el umbral de 120.000 euros a partir del cual Hacienda lo considera delito fiscal.
«Los delitos contra la Hacienda pública que se imputan a Don Iñaki Urdangarin difícilmente se podían haber cometido sin, cuando menos, el conocimiento y la aquiescencia de su esposa por mucho que de cara a terceros indiciariamente mantuviera una actitud propia de quien mira para otro lado», aseveraba en su auto el juez Castro.
El magistrado, que considera ‘hiriente’ que la Infanta Cristina no esté imputada de más delitos, la consideró culpable de blanquear el dinero público obtenido irregularmente a través del Instituto Nóos. La hermana del Rey Felipe VI se gastó dinero público desviado de Nóos a Aizoon en la reforma del palacete, obras de arte, clases de salsa y merengue, vestidos, viajes de lujo y cumpleaños infantiles.
Por otra parte, la Sala estima los recursos de Manos Limpias y el grupo municipal socialista del Ayuntamiento de Valencia e imputa al vicealcalde de Valencia Alfonso Grau. También estima los recursos de Manos Limpias e imputa a dos personas vinculadas a Madrid 16 y a Salvador Trinxet. El auto añade el delito de blanqueo a las imputaciones contra Iñaki Urdangarín, Diego Torres y Ana María Tejeiro. El resto de planteamientos de los recursos son desestimados. La decisión es unánime. Este auto es firme, informan fuentes judiciales.

Finalmente la Audiencia Provincial de Palma ha resuelto exonerar a la Infanta Cristina tan solo del delito de blanqueo de capitales manteniendo su imputación por dos delitos fiscales. Éste es, de los posibles escenarios que se planteaban ante el recurso, el resultado más complicado. La Infanta tiene así medio pie en el banquillo de los acusados pero puede mantener una pequeña ‘esperanza’: que el juez José Castro aplique la llamada ‘doctrina Botín’.

Ésta, que el juez no está obligado a aplicar, permite a un imputado por delito fiscal librarse del banquillo si no hay acusación pública o particular. En este caso, ni fiscal ni Abogacía del Estado ni Hacienda acusan a la Infanta. Lo hace sólo la acusación popular Manos Limpias. Así las cosas, la decisión del futuro judicial de Cristina de Borbón pasa de nuevo por las manos de Castro.

Si éste decide llevar a la Infanta al banquillo su decisión será irrecurrible. Si por el contrario decide sobreseer los delitos fiscales, Manos Limpias podría recurrir tal decisión ante la Audiencia.

La Audiencia respalda en parte el auto del juez Castro que imputa a Cristina de Borbón como cooperadora de los dos delitos fiscales cometidos por Iñaki Urdangarin a través de su sociedad familiar Aizoon. Estos delitos provienen del cobro de asesorías ficticias millonarias de grandes empresas que no fueron declaradas en el IRPF del duque de Palma sino que fueron percibidas a través de su sociedad instrumental para evadir impuestos.

Iñaki Urdangarin defraudó 182.005 euros en el ejercicio 2007 y 155.138 euros en el ejercicio 2008. Amabas cantidades superan con creces el umbral de 120.000 euros a partir del cual Hacienda lo considera delito fiscal.

«Los delitos contra la Hacienda pública que se imputan a Don Iñaki Urdangarin difícilmente se podían haber cometido sin, cuando menos, el conocimiento y la aquiescencia de su esposa por mucho que de cara a terceros indiciariamente mantuviera una actitud propia de quien mira para otro lado», aseveraba en su auto el juez Castro.

El magistrado, que considera ‘hiriente’ que la Infanta Cristina no esté imputada de más delitos, la consideró culpable de blanquear el dinero público obtenido irregularmente a través del Instituto Nóos. La hermana del Rey Felipe VI se gastó dinero público desviado de Nóos a Aizoon en la reforma del palacete, obras de arte, clases de salsa y merengue, vestidos, viajes de lujo y cumpleaños infantiles.

Por otra parte, la Sala estima los recursos de Manos Limpias y el grupo municipal socialista del Ayuntamiento de Valencia e imputa al vicealcalde de Valencia Alfonso Grau. También estima los recursos de Manos Limpias e imputa a dos personas vinculadas a Madrid 16 y a Salvador Trinxet. El auto añade el delito de blanqueo a las imputaciones contra Iñaki Urdangarín, Diego Torres y Ana María Tejeiro. El resto de planteamientos de los recursos son desestimados. La decisión es unánime. Este auto es firme, informan fuentes judiciales.

 

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