El Real Decreto por el que se desarrolla la ley de 2015 que regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral entra en vigor este jueves tras su publicación ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Mediante esta norma, se modifica el sistema de formación profesional para el empleo con el objetivo de extender una formación entre los trabajadores «que mejore la empleabilidad y el desarrollo personal y profesional».
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros extraordinario para aprobar el techo de gasto de 2018, que se celebró este lunes, el portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, resaltó que el decreto va a servir para impulsar la formación, ya que es «absolutamente necesaria para seguir perseverando en las buenas cifras de empleo».
También apuntó que el Gobierno creará un calendario plurianual que responda a las necesidades formativas de los ocupados. Por su parte, la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, señaló que este decreto también irá orientado al 51% de los parados estructurales en España que no acabó la Educación Secundaria Obligatoria (ESO).
El real decreto aprobado tiene como finalidad desarrollar la Ley, en concreto la regulación de las iniciativas y programas de formación profesional para el empleo, los requisitos y límites de las acciones formativas, sus destinatarios y la forma de acreditación de las competencias adquiridas por los trabajadores.
Además, incorpora el desarrollo del nuevo sistema integrado de información que permitirá disponer de una información «completa, actualizada permanentemente y verificable» de las actividades formativas desarrolladas en todo el territorio nacional, que permitan su trazabilidad, y que desemboca en la «cuenta de formación» regulada en la Ley de Empleo.
Esta nueva norma continúa la senda iniciada con la aprobación de la Ley 30/2015 de permitir mayor eficacia y transparencia en la gestión de los recursos públicos destinados al Sistema de Formación. Además, regula el funcionamiento y financiación de las estructuras paritarias sectoriales creadas por la ley, que constituyen los referentes sectoriales estatales de la formación profesional para el empleo, en la detección de necesidades y en el diseño, la programación y la difusión de la oferta formativa para trabajadores ocupados.
En concreto, prevé que la Comisión Estatal de Formación para el Empleo asuma nuevamente las funciones del Consejo General del Sistema Nacional de Empleo en materia de formación profesional para el empleo, reguladas en la ley de 2015.
CHEQUE FORMACIÓN Y CASI 2.000 MILLONES PARA FORMACIÓN
Respecto al cheque formación, establece requisitos y condiciones que deberán cumplirse para el disfrute por los trabajadores desempleados del cheque formación y establece que las comunidades autónomas, previa consulta a las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, podrán ponerlo en marcha en el ámbito de actuación de sus competencias, dando cuenta a la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
Los gastos derivados del real decreto serán financiados por la administraciones públicas competentes en su gestión, a través de sus respectivos presupuestos. En el presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para el año 2017 se prevé la existencia de 1.086 millones de euros destinados a financiar iniciativas de formación dirigidas a trabajadores ocupados, y 897 millones para la formación de desempleados.
ANTECEDENTES
El Ministerio de Empleo aprobó la ley de 2015 para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional, que recibió el apoyo parlamentario del 90%, en el Congreso de los Diputados y en el Senado.
Como novedades destacaron la apertura de la gestión de los fondos destinados a financiar las programaciones formativas de las distintas administraciones públicas a la concurrencia competitiva de todos los proveedores de formación acreditados o inscritos, y la eliminación de la posibilidad de subcontratación, salvo para la contratación del personal docente
Además, las acciones formativas podrán financiarse a partir del momento de su concesión o adjudicación, y se limita el pago anticipado con un límite máximo que no podrá superar el 25% del importe concedido.
Igualmente, se podrá prever el pago de hasta un 35% adicional una vez acreditado el inicio de la actividad formativa. Además, como mínimo, un 40% del importe concedido se hará efectivo una vez se finalice y justifique la actividad formativa subvencionada.
También se apuesta por la evaluación permanente, por incrementar los recursos para luchar contra el fraude y por reforzar el régimen sancionador.
En concreto, se contempla como sanción accesoria la exclusión del acceso a ayudas, subvenciones por un período máximo de cinco años, en vez de dos, en algunas infracciones muy graves, al tiempo que se fijan los módulos económicos máximos. Los costes indirectos no podrán superar el 10 % del coste total de la actividad formativa realizada y justificada.
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