14 de noviembre de 2024
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Formación para trabajar, en 10 pasos

Formación para trabajar, en 10 pasos

Septiembre es el mes de los propósitos: ir al gimnasio, empezar una dieta, mejorar el empleo o formarse. Recientemente (BOE de 25 de agosto de 2016) se ha publicado la convocatoria estatal de subvenciones públicas para planes de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados. Hay 250 millones de euros disponibles para empleados, autónomos y cooperativistas. 

ADAMS Formación ha resumido en 10 pasos esta convocatoria para conseguir uno de esos propósitos: formarse para mejorar en el empleo.

1. Primera convocatoria en concurrencia competitiva. Es la primera convocatoria estatal de subvenciones para la formación de trabajadores ocupados abierta a la concurrencia competitiva entre entidades de formación, bajo los principios de objetividad, igualdad, transparencia y publicidad. 

2. Destinada a empresas, ocupados y desempleados (máximo del 30%) 

3. Plazos. Para la presentación de los planes hasta el 24 de septiembre de 2016; para la ejecución de la formación, 1 año. 

4. Dotación presupuestaria. Para la financiación de los planes se destinan 250 millones de euros, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado de 2016 y 2017

5. Límite por entidad (acreditadas o inscritas): 4.120.755,09 euros y 2.200 horas presenciales por espacio formativo

6. Acciones prioritarias que incluye:

– Internacionalización

– Emprendimiento

– Innovación

– Desarrollo tecnológico de los procesos productivos

– Digitalización

– Eficiencia energética

– Profesionales o actividades reguladas

– Actividades de logística e industria

– Dependencia

– Control de plagas y organismos nocivos

7. Con un fichero de especialidades, con más de 2.200 acciones formativas

8. Tipo de planes: intersectoriales (general, economía social y autónomos), sectoriales. En todos ellos se financian becas y ayudas a desempleados

9. Tipo de formación: Certificados de profesionalidad completos o por módulos y/o acciones formativas del fichero de especialidades

10. No está permitida la subcontratación, aplicándose el régimen de infracciones de la Ley 30/2015.

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