Las empresas y autónomos pueden acogerse al IVA de caja desde el miércoles 1 de enero, la principal novedad fiscal del año 2014, a la espera de que el Gobierno apruebe durante el primer semestre la anunciada reforma fiscal, que entrará en vigor de forma escalonada entre 2014 y 2017.
De esta forma, pymes y autónomos podrán aplazar el pago del impuesto hasta que se cobre la factura, medida incluida por el Gobierno en la nueva Ley de Emprendedores y que, según sus cálculos, puede beneficiar a 1,3 millones de autónomos y 1 millón de pymes.
Con ello, se sustituye el tradicional criterio de devengo, normalmente vinculado a la facturación, por el de cobro efectivo. Este instrumento, de carácter voluntario, permitirá dotar de liquidez a las pymes y autónomos con un volumen de negocio inferior a 2 millones de euros, que son los que podrán acogerse a esta medida, pero también conllevará nuevas obligaciones de información para atajar el fraude fiscal, como añadir en los libros registro las fechas de cobro y pago de las facturas y los medios usados.
Ampliación de plazo
Aunque el nuevo régimen entró en vigor el miércoles, las empresas que quieran acogerse al mismo tienen de plazo hasta el 31 de marzo de 2014, frente al 31 de diciembre previsto inicialmente. De esta forma, dispondrán de más tiempo para adaptar sus aplicaciones informáticas al nuevo sistema. Una vez que hayan optado por él, les vinculará por un periodo de tres años.
Por su parte, las empresas que contraten con pymes y autónomos sujetos al IVA de caja no podrán aplicarse la deducción de este impuesto hasta que hayan pagado la factura, lo que, según el Gobierno, supone un incentivo para que los clientes adelanten el pago de las facturas, dado que cuanto antes lo hagan, antes podrán deducir el IVA soportado.
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