Con el fin de ofrecer las mismas oportunidades profesionales tanto para hombres como para mujeres, las empresas tienen que asegurarse de cumplir con el plan de igualdad. Una iniciativa que busca promover ambientes laborales sanos para ambos sexos y que, sobre todo, persigue construir un tejido laboral a nivel nacional en el que la prioridad sea buscar personas con talento sin distinguir su sexo o género.
El plan ha evolucionado debido a los cambios que han tenido las leyes en los últimos años. Poco a poco se ha ido modelando una lista de pautas y normas a cumplir para funcionar de forma acorde a lo que dicta este plan. Y no es sencillo, ya que indica instaurar una serie de cambios en las políticas de empresas que le afectan en todos los frentes: desde la organización hasta el trato a los trabajadores o la presencia de nuevos puestos que ayuden a solventar cualquier posible problema que puedan sufrir tanto ellos como ellas en el trabajo.
Pero, ¿qué es exactamente el plan de igualdad?
¿Qué es el plan de igualdad? Es la pregunta más común que se hace cualquier empresa que tiene que adaptarse a él. Como bien hemos adelantado anteriormente, el Plan de Igualdad, también conocido como Plan de Igualdad de Oportunidades o PIO, es una exigencia establecida por la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres que se aplica principalmente a las empresas con más de 50 personas en su plantilla.
Es un conjunto de normas y medidas cuya meta principal es garantizar igualdad de oportunidades y de trato a mujeres y hombres en una empresa. Al mismo tiempo, persigue también penalizar cualquier situación discriminatoria por razones de sexo con el fin de eliminarlas por completo. Es la empresa la que debe promover esta iniciativa en su interior tras haber llevado a cabo un diagnóstico previo de su estado y medidas mediante una Comisión Negociadora que actúa en compañía de los representantes legales de los trabajadores.
Su obligatoriedad ha cambiado con el paso del tiempo. A partir de marzo de 2020, la empresa debía contar con un mínimo de 150 trabajadores para estar obligada a implantar un Plan de Igualdad. Después, en 2021, la cifra descendió a un mínimo de 100 y, ya en 2022, se instauró la norma vigente de 50 personas en plantilla. En el momento en el que se llega a esa cifra, todo negocio debe seguir este plan.
Para registrarlo, se debe acudir a la autoridad autonómica correspondiente, con una solicitud de registro que se ha de presentar en un plazo máximo de 15 días desde que se firma el plan dentro de la empresa. Esta firma, por otra parte, debe llevarse a cabo tanto por la Comisión Negociadora integrada por la empresa y la representación de los empleados. No obstante, el tiempo que se da para instaurar un plan de igualdad sí es más amplio. Cuando una empresa adquiere la obligación de aplicarlo, tiene 3 meses para su negociación y constitución final. En la recta final de ese periodo se engloban los 15 días de registro y firma.
¿Qué requisitos debe cumplir un Plan de Igualdad aprobado por las autoridades?
Además de contar con un más que claro y necesario Protocolo de acoso laboral, un Plan de Igualdad debe cumplir unos requisitos mínimos de contenido para poder aprobarse. En estos requisitos no hay margen para la negociación, por lo que son fundamentales y absolutamente imprescindibles. ¿Y cuáles son? El primero es que debe recoger cuáles son las partes implicadas en su negociación, así como dejar claro a qué personas se aplica, cuándo y dónde.
También debe incluir el informe de diagnóstico de situación de la empresa antes de su instauración y los resultados que ha dado la auditoría que se tiene que llevar a cabo con este cometido. Por otra parte, debe establecer unos objetivos tanto cualitativos como cuantitativos en materia de igualdad. La empresa está obligada a alcanzarlos en el margen de tiempo que se haya instaurado. Asimismo, estas metas deben ir acompañadas de todas las estrategias y/o medidas que se vayan a implementar para alcanzarlos.
Todo esto viene acompañado de un calendario de planificación, un repaso a todos los sistemas de evaluación y seguimiento que se emplearán, todos los recursos disponibles para aplicarlos y la definición de las personas que integrarán la Comisión de seguimiento que evaluará si se alcanzan o no los objetivos que se han marcado. Todo esto, acompañado de un proceso claro para abordar cualquier posible discrepancia que pueda surgir a la hora de poner en marcha las medidas, debe formar parte sí o sí de un Plan de Igualdad.
Dado que es obligatorio, y que asimilarlo no suele ser fácil, es recomendable contar con asesores especializados en la materia que puedan ayudar a las empresas a cumplir con la ley en materia de igualdad sin problemas. Por suerte, los equipos que hay disponibles hacen que todo sea sencillo, rápido y fácil.