La financiación fue clave para las empresas y los trabajadores autónomos el año pasado. El 98% de la financiación que se otorgó a través de préstamos ICO fue para pequeñas y medianas empresas y trabajadores autónomos. Ellos son los que más han sufrido la crisis económica surgida a raíz del coronavirus.
En concreto, la banca inyectó 114.191 millones de financiación con aval del ICO. Los datos corresponden a la información recopilada por el Ministerio de Asuntos Económicos hasta el 28 de diciembre de 2020.
En ese sentido, los fondos aportados se han canalizado a través de 940.130 operaciones de financiación. Se han concedido avales por importe de 86.737 millones de euros. En total, la financiación movilizada asciende a 114.191 millones de euros.
Para facilitar la financiación a empresas y autónomos afectados por la crisis, el Gobierno ha ampliado el plazo para la concesión de avales ICO hasta el 30 de junio de 2021. Además, ha ampliado tres años más hasta un máximo de ocho años la devolución del préstamo. En cuanto al periodo de carencia se ha extendido desde los 12 meses actuales hasta los 24 meses.
Para poder solicitar la financiación ni las empresas ni los autónomos pueden encontrarse en concurso de acreedores o su préstamo en mora. Y deben solicitarlo dirigiéndose a cualquier entidad financiera suscrita al ICO.
Los avales concedidos a las pymes y autónomos tras la pandemia tienen por objetivo el facilitarles que puedan mantener sus puestos de trabajo y disminuir las repercusiones económicas de la Covid-19. En ese sentido pretenden también cubrir los nuevos préstamos y otras modalidades de financiación, así como las renovaciones que hayan concedido las entidades financieras a estas empresas.
Y es que las pymes y autónomos han solicitado préstamos para el pago de salarios, abonar las facturas de proveedores pendientes de liquidar, el alquiler de locales, oficinas e instalaciones, otros gastos de suministros u otras necesidades de liquidez.
Por último, uno de los requisitos que han tenido estas empresas es que la financiación avalada no puede destinarse a pagar dividendos ni a cualquier otra finalidad que no sea alguna de las establecidas.
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