25 de diciembre de 2024

El sector de la construcción avanza en la creación del primer plan de pensiones colectivo

El sector de la construcción avanza en la creación del primer plan de pensiones colectivo

En el marco del VII Convenio General del sector, previsto hasta 2027, patronal y sindicatos sellan un preacuerdo »histórico». CNC, CC.OO. del Hábitat y UGT.-FICA pactan un incremento salarial del 10% repartido en tres años hasta 2025 y regulan el nuevo contrato indefinido adscrito a obra

La patronal y los sindicatos de la construcción han alcanzado un preacuerdo »histórico» en el marco del VII Convenio General del Sector de la Construcción para impulsar la creación del primer plan de pensiones colectivo sectorial, que se formalizaría siempre y cuando el proyecto de Ley de Regulación para el Impulso de los Planes de Pensiones de Empleo recoja incentivos ambiciosos comprometidos por el Gobierno.

En tal caso, la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), CC.OO. del Hábitat y UGT-FICA han acordado que las empresas realicen aportaciones a este plan de pensiones sectorial como complemento al sistema público de pensiones, incorporando al sector una nueva mejora histórica de marcado carácter social.

Igualmente, en este preacuerdo patronal y sindicatos han pactado un incremento salarial para los trabajadores del sector de la construcción del 4% para 2022, del 3% para 2023 y del 3% para 2024, del que una parte se destinaría a aportaciones al Plan de Pensiones promovido.

Es decir, aunque el ámbito temporal del convenio se establece hasta 2027, este preacuerdo recoge alzas salariales para los tres próximos ejercicios, estableciendo una cláusula de garantía salarial supeditada a la coyuntura económica de España en este periodo.

Marco laboral

El VII Convenio General del Sector de la Construcción también regulará el contrato indefinido adscrito a obra, establecerá un período máximo de duración del contrato temporal por circunstancias de la producción de un año -percibiendo a la extinción del mismo una indemnización del 7%-; y regulará el contrato fijo discontinuo en lo relativo a la duración del plazo de inactividad y cuantía a percibir en los supuestos de contratas, subcontratas o con motivos de concesiones administrativas. Asimismo, patronal y sindicatos han acordado la creación de una bolsa de empleo sectorial y la regulación de la jubilación forzosa, entre otras medidas.

De igual modo, se desarrollan los contratos formativos en lo que respecta a su retribución y duración para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios.

Éxito del diálogo social

El preacuerdo se firma en un contexto de larga tradición negociadora de los agentes sociales, desde que el 10 de abril de 1992 las Organizaciones firmantes del presente Preacuerdo suscribieron el I Convenio colectivo general del Sector de la Construcción.

Desde entonces, los agentes sociales han proporcionado una paz social que ha superado, en los últimos años, crisis tan significativas como la financiera de 2008 y la derivada del COVID-19 en 2020.

CNC considera que este preacuerdo es un éxito del diálogo social y que su firma implica un ejercicio de corresponsabilidad en la negociación, máxime teniendo en cuenta los problemas que sufre actualmente el sector como consecuencia de la crisis energética y el encarecimiento de los costes, que están asfixiando a muchas empresas constructoras.

En definitiva, el preacuerdo alcanzado entre el presidente de la CNC y los Secretarios Generales de CC.OO. del Hábitat y de UGT-FICA se integrará en el VII Convenio colectivo general del Sector de Construcción (CGSC). Dicho Preacuerdo deberá ser sometido a los Órganos de Gobierno de dichas Organizaciones a efectos de su ratificación, así como de su posterior desarrollo e implementación.

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Los lectores opinan

¿Qué tendencia en RRHH crees que transformará más las organizaciones en 2025?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...
Lo más leído

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital