El Ministerio de Administraciones Públicas ha elaborado un manual para la implantación del teletrabajo, es decir, para que los trabajadores puedan desarrollar su actividad profesional desde casa. El teletrabajo afecta a “toda modalidad de prestación de servicios de carácter no presencial”. El documento incluye exclusivamente a los empleados de la Administración General del Estado (AGE), ha sido remitido a los distintos Departamentos del Gobierno y se encuentra a disposición de los ciudadanos en la página www.map.es.
El manual concreta el procedimiento a seguir y los requisitos para la organización de programas piloto de teletrabajo. La iniciativa forma parte del Plan Concilia, aprobado a finales de 2005, destinado a buscar fórmulas que faciliten la conciliación de la vida laboral y personal de los empleados públicos.
La implantación del teletrabajo figura en una orden ministerial de junio de 2006. La guía incluye consejos y criterios para organizar el puesto de trabajo, prevención de riesgos o fórmulas de evaluación de la actividad. Por ejemplo, explica cómo el futuro teletrabajador puede, con el fin de evaluar el puesto de que dispone en su domicilio, autorizar al Servicio de Prevención para que acuda a hacerlo a su casa.
También ofrece la posibilidad de que lo autocompruebe el mismo. Para ello, se incluye un exhaustivo listado de requisitos y consejos, tales como espacio necesario para realizar la tarea, disposición de la mesa de trabajo y pantalla del ordenador, manipulación de aparatos eléctricos o incluso prevención y actuaciones ante posibles incendios.
Atención al público
El texto publicado también señala que los programas de teletrajo deberán incluir a “un número de empleados que pueda considerarse significativo”, que se fija entre 30 y 50 personas. Asimismo, apunta que todos los puestos de trabajo son susceptibles de ser incluidos en el proyecto, con la excepción de “aquellos que requieran contactos personales frecuentes o sean de atención directa al público. Por tanto, quedan excluidos, entre otros, los puestos de subdirector General, registro, información presencial al ciudadano, secretarías, ordenanzas.
La participación en los programas piloto serán siempre de carácter voluntario. Las condiciones mínimas para acceder a la nueva manera de empleo radican en estar en servicio activo y tener conocimientos suficientes en ofimática.
Misma retribución
Por otro lado, la intervención de los empleados en el programa “no comportará ninguna disminución en las retribuciones”. Tampoco menoscabará las oportunidades de formación, acción social, promoción profesional ni ninguno de los derechos de los trabajadores”.
El manual específica igualmente que “el órgano responsable de la selección de los teletrabajadores debe ser colegiado”. Además tendrá representación equilibrada entre hombres y mujeres. El Ministerio advierte de que de los resultados del plan piloto se extraerán las conclusiones globales que permitirán efectuar una regulación posterior de esta nueva modalidad de trabajo no presencial.
http://www.diaridetarragona.com/dtgn/noticia.php?id=3411&sec=3
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