22 de septiembre de 2024
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Hacienda recorta el beneficio fiscal de los trabajadores en el extranjero

Hacienda recorta el beneficio fiscal de los trabajadores en el extranjero
Hacienda ha llevado al texto del nuevo reglamento del IRPF la doctrina que venía aplicando sin soporte normativo.

Hacienda ha aprovechado la elaboración del nuevo reglamento del IRPF que debe adaptarse a la reforma fiscal para acotar el beneficio de que disfrutan los empleados que son enviados por su empresa a realizar determinados trabajos en sus filiales en el extranjero.

Hasta ahora, este asunto tenía unos requisitos genéricos, como que el trabajo se realizase para una entidad fuera de España y en un territorio con un tributo similar al IRPF. La falta de precisión habían provocado cierta controversia con las empresas y los asesores fiscales. Ahora se introducen unas condiciones que limitan este beneficio fiscal.

El proyecto de reglamento de IRPF, que el Gobierno espera aprobar a comienzos de marzo, mantiene en 60.100 euros anuales la cuantía máxima del sueldo del trabajador que deja de pagar impuestos por realizar trabajos en el extranjero. Es la misma cantidad de los últimos seis años, por lo que ya hay una primera limitación, al no haberse actualizado con la inflación acumulada.

Pero el texto, además, introduce una regla de cálculo para determinar la cantidad exenta, que deberá considerar cada día que el trabajador haya estado efectivamente desplazado fuera de España, “teniendo en cuenta el número total de días del año”. Esta opción es más restrictiva que la defendida por asesores y empresas, que consideran que la exención se debe repartir por días laborales.

En concreto, la fórmula de Hacienda recorta un 40% el beneficio fiscal. Esto es, si se tiene en cuenta el año completo, como se recoge el proyecto de reglamento, el trabajador deja de pagar 164 euros en el IRPF por cada jornada que trabaje para la filial extranjera; pero si se calculara de acuerdo con los días laborables, la exención llegaría a 272 euros, según los asesores consultados por EXPANSIÓN. De acuerdo con los datos de Hacienda, unos 40.000 trabajadores se benefician de estas rentas exentas.

El texto, además, recoge otro requisito: el trabajo realizado por el empleado en la filial extranjera debe suponer cierto valor añadido, y producir “una ventaja o utilidad a la entidad destinataria”. Por ejemplo, si un directivo se desplaza fuera de España para tareas de apoyo a la gestión, a la organización o a la planificación de la sociedad no residente, no tiene derecho a exención, porque se entiende que el beneficio es para el grupo en su conjunto; pero si fuera a enseñar a la filial cómo tiene que realizar determinados procedimientos de su actividad concreta, sí cabe aplicar la exención, porque ese trabajo sólo va en su beneficio.

Hacienda ha llevado al texto del nuevo reglamento del IRPF la doctrina que venía aplicando sin soporte normativo. Tal doctrina surge, precisamente, de una consulta formulada en su día por Inditex a la Dirección General de Tributos, que quería conocer directamente el criterio de Hacienda en el tratamiento de los rendimientos de los trabajadores que tiene que desplazar para controlar y asesorar a las 1.700 tiendas que tiene por todo el mundo.

P. González

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