30 de octubre de 2024
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Las mujeres en la Guardia Civil tendrán derecho a excedencia voluntaria por violencia de género

Las mujeres en la Guardia Civil tendrán derecho a excedencia voluntaria por violencia de género

El Gobierno, en su reunión del Consejo de Ministros de ayer, ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley que modifica el Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, según la cual ahora las mujeres del Instituto Armado podrán acceder a la excedencia voluntaria por razón de violencia de género, al tiempo que se amplía hasta tres años la que se pueda tomar para cuidar a un familiar. De esta forma, el Gobierno pretende conciliar la vida laboral y familiar de las agentes.

El Proyecto de Ley modifica puntualmente los artículos 83 y 97 de la Ley de 25 de noviembre de 1999. Así, las guardias civiles podrán estar hasta tres años cuidando de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que necesite de ello, igualándose el plazo con el que se concedía al tener hijos.

Asimismo, se posibilita la excedencia voluntaria por razón de violencia de género. Se incorpora como nuevo supuesto para hacer efectiva la protección o el derecho a la asistencia social integrada por razón de violencia de género, sin que resulte necesario permanecer un período mínimo en dicha situación (habitualmente se exige un mínimo de dos años). Asimismo, se tendrá derecho a percibir durante los dos primeros meses de esta excedencia las retribuciones íntegras, salvo los incentivos al rendimiento.

Otro supuesto incorporado es el de la excedencia voluntaria por agrupación familiar: se incluye, como nuevo supuesto de pase a la situación de excedencia voluntaria, la derivada de agrupación familiar, cuando el cónyuge resida en otro municipio por motivos laborales dentro de cualquiera de las Administraciones Públicas, Organismos Públicos y Entidades de Derecho Público dependiente o vinculados a ellas, en los órganos constitucionales, o del Poder Judicial u órganos similares de las Comunidades Autónomas, así como en la Unión Europea, o en organizaciones internacionales. Con ello se asimila al régimen jurídico de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado

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