Los prejubilados, a efectos legales, no existen. Su situación es peculiar. No son trabajadores, aunque la empresa a la que en su día pertenecieron les siga pagando una nómina mensual. No pueden ser considerados tampoco como jubilados, aunque no desarrollen actividad laboral alguna, porque todavía no han alcanzado la edad legal de jubilación de 65 años.
A ojos de la ley son parados; unos parados peculiares, eso sí, puesto que no sólo cobran una prestación de la Administración sino que también lo hacen de su empresa.
Hasta el pasado 1 de enero, la ley ni siquiera les permitía jubilarse anticipadamente como sí tienen derecho a hacerlo el resto de los trabajadores, ya que interpretaba que los prejubilados -que en la mayoría de los casos llegan a esta condición tras firmar un acuerdo con la empresa- abandonaban voluntariamente su puesto de trabajo lo que les inhabilitada para recibir una pensión pública antes de los 65 años.
El Gobierno decidió modificar este principio en su última reforma de la Seguridad Social y abrió el derecho a la jubilación anticipada a los trabajadores jubilados prematuramente por sus empresas, siempre que lo hubieran sido mediante acuerdos individuales con cada asalariado y no a través de Expediente de Regulación de Empleo.
También se establecían otros requisitos adicionales como haber cumplido los 61 años de edad, acreditar 30 de cotización y haber cobrado durante los 24 meses anteriores una indemnización de su empresa igual o superior a la prestación por desempleo que les hubiera correspondido (una exigencia, por cierto, muy contestada en su día por las agrupaciones de afectados que entendían que dejaba fuera a las personas con menos ingresos).
Derecho denegado
Las asociaciones de prejubilados entendieron que, tal y como quedaba redactada la Ley de Seguridad Social, los beneficiarios -sólo en Telefónica superan los 3.000- podían solicitar ya desde el primer día de 2008 la pensión pública que les correspondía, y así lo hicieron.
Pero lo que se han encontrado en las oficinas del Instituto Nacional de Seguridad Social ha sido la negativa por respuesta.
Nada más empezar el año, la Seguridad Social envió una circular a todas sus oficinas instando a sus funcionarios a no tramitar ninguna solicitud de jubilación anticipada procedente de este colectivo bajo el argumento de que "el contrato individual de prejubilación no está delimitado por ley por lo que es necesario esperar al desarrollo reglamentario de la norma para precisar su contenido y alcance".
Sin reglamento no habrá pensión, parece proclamar la filosofía del Gobierno. Pero a los Servicios Jurídicos de la Asociación de Prejubilados de Telefónica esta postura no les convence y ya han dado los primeros pasos para denunciar todas las solicitudes de jubilación anticipada que se hayan rechazado.
Una doctrina que no está clara
Según su presidente, Mariano Chicharro, la doctrina de la Seguridad Social no termina de estar clara. "Hay casos de socios que han solicitado la prestación y se les ha denegado porque no cumplían alguno de los requisitos que fijaba la ley, mientras que a los que sí la cumplen se les rechaza con el argumento de que hay que desarrollar el reglamento".
Los abogados consultados por la Asociación sostienen que si un derecho se reconoce por ley su aplicación no puede demorarse porque esté pendiente un desarrollo reglamentario. Fuentes de la Seguridad Social consultadas por elEconomista, por contra, explican que no pueden reconocer el derecho mientras no se defina el universo al que se va a reconocer el mismo.
Chicharro teme que la situación encalle y que la jubilación anticipada se convierta en un derecho durmiente para los miles de prejubilados que se iban a beneficiar de la misma. "¿Tú crees que el Gobierno se va a meter a definir en un reglamento lo que es un contrato individual de prejubilación? Eso significaría nada menos que legalizar la prejubilación. Si no se ha hecho en toda la democracia, ¿van a meterse ahora a hacerlo?", se pregunta.
El caso es que la negativa de la Seguridad Social a dar luz verde a este derecho coincide con un momento algo más delicado para las arcas públicas y con un contexto de derechos comprometidos en elecciones muy cuantiosos. Dar la jubilación anticipada a los prejubilados supondría una pérdida de ingresos de 100 millones para el organismo público.
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