25 de noviembre de 2024
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Aprobado el subsidio para mayores de 52 años

El Consejo de Ministros aprobó este viernes la recuperación del subsidio para parados mayores de 52 años, que beneficiará a unas 380.000 personas, y la obligación del registro de la jornada laboral.

Así lo explicó la ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, ya celebrado con las Cortes disueltas por la convocatoria electoral.

De esta manera, el Gobierno vuelve a aplicar el subsidio a los parados mayores de 52 años, en lugar de los 55 años que estaba en vigor desde la reforma laboral de 2012.

Valerio indicó que se verán beneficiados por este subsidio unos 380.000 desempleados, entre los que se incluyen quienes venían percibiéndolo (unos 266.000 parados), los nuevos beneficiarios (más de 114.000) y los parados que estaban cobrando el subsidio parcial por haber trabajado a tiempo parcial (12.000).

Además, no se obligará a la jubilación anticipada con coeficiente reductor a aquellos parados que venían cobrando este subsidio y no encontraba un empleo. En su lugar, lo seguirán percibiendo, si no encuentran un trabajo, hasta la edad legal de jubilación.

La ministra indicó que el presupuesto para esta medida en 2019 será de 348,7 millones de euros.

BONIFICACIONES 

Este decreto también contiene una serie de bonificaciones para los parados de larga duración, los contratados fijos discontinuos ligados al sector del turismo en determinados meses y los trabajadores agrarios.

En concreto, se bonificará la mitad de las cuotas de los trabajadores fijos discontinuos a los que se les amplíen los periodos de ocupación y cotización en los meses de febrero, marzo y abril. También a los trabajadores agrarios por cuenta ajena que en 2018 realizaron un máximo de 55 jornadas reales se les aplicará una reducción del 14,6% en sus cuotas en los periodos de inactividad.

Además, se incorpora un plan para impulsar que las empresas conviertan en indefinidos o en contratos fijos discontinuos los contratos temporales de los agrarios por cuenta ajena. Se bonificará la cuota empresarial por contingencias comunes durante dos años, mayor en el caso de las mujeres. También se incluye que los artistas puedan solicitar la situación de inactividad en cualquier momento del año, siempre y cuando acrediten, al menos, 20 días en alta con prestación real de servicios en el año anterior.

Asimismo, se introduce una bonificación de la que podrán beneficiarse aquellas empresas que contraten a personas que lleven desempleadas más de un año, siempre que el empleo se mantenga al menos tres años. La bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social se mantendrá durante tres años y ascenderá a 1.300 euros al año, 1.500 al año cuando el contrato se haga a una mujer.

REGISTRO DE JORNADA

Por otra parte, el decreto obliga a las empresas a registrar el inicio y finalización de la jornada laboral de los trabajadores, dadas las denuncias de la Inspección de Trabajo de empleados que están contratados a tiempo parcial y trabajan a tiempo completo o realizan horas extraordinarias que no se pagan ni cotizan. Ante la posibilidad de que las empresas no cumplan, se tipifica como infracción grave el incumplimiento del registro de jornada.

Otra de las novedades que incorpora la norma es la constitución del grupo de expertos para la elaboración del nuevo Estatuto de los Trabajadores, que estaba en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2019 que no salió adelante.

También se modifica el Sistema Nacional de Garantía Juvenil para ampliarlo a los jóvenes menores de 30 años y se incrementa la cuantía mínima de la pensión de Incapacidad Permanente Total para menores de 60 años, que se sitúa en 6.991,60 euros si es con cónyuge a cargo y unidad económica unipersonal, y 6.930 euros para las personas con cónyuge no a cargo.

Por último, la ministra señaló que está previsto que este decreto se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el próximo martes aunque las medidas podrían tener distintas fechas de entrada en vigor.

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