16 de noviembre de 2024
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El CES ve positiva la nueva ley de inspección de trabajo

El CES ve positiva la nueva ley de inspección de trabajo

El Consejo Económico y Social (CES) ha considerado positiva la aprobación del dictamen sobre el anteproyecto de Ley Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social remitido por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, el 13 de marzo con carácter urgente y que ha sido aprobado en pleno por una amplia mayoría de 42 votos a favor y 4 en contra.    

Sin embargo, el CES ha calificado como «excesivo» este carácter de urgencia –que limita a diez días el plazo para la elaboración del dictamen–, cuando la reforma de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) se ha perfilado a lo largo de un amplio periodo de tiempo. Este hecho ha supuesto una limitación para los trabajos de análisis, consideración y respuesta al anteproyecto por parte del CES, según ha informado en un comunicado.

Por otro lado, el consejo ha expresado una valoración general positiva de los propósitos y objetivos de la norma, en la medida en que puede contribuir a alcanzar los fines de modernización, coordinación y eficacia del sistema de la ITSS. El objetivo es configurar un nuevo modelo de organización y funcionamiento de la inspección, mejor adaptado al marco autonómico para que sea posible el mantenimiento de un servicio público eficaz con estructuras estables en materia de lucha contra el fraude.

La principal novedad del texto ha sido la creación de un organismo autónomo estatal que permitirá al sistema de ITSS actuar en régimen de descentralización funcional, con la participación de las comunidades autónomas y los interlocutores sociales.

Oficina de lucha contra el fraude

No obstante, al margen de la valoración global favorable del anteproyecto, el dictamen entiende que existen diversos aspectos que deben ser mejorados, aclarados o incluso reconsiderados, ha señalado el CES.

En este sentido, el CES ha criticado que el anteproyecto no regule la creación de la  Oficina de lucha contra el Fraude, limitándose a que sea una «mera posibilidad» a desarrollar en el Estatuto del nuevo Organismo Estatal de Inspección sin recoger en la ley la delineación de sus aspectos básicos, ha señalado. Por esta razón, el dictamen estima que hubiese sido necesario acompañar el anteproyecto con los Estatutos del nuevo organismo.

Respecto a las funciones de inspección relativas a la composición de conflictos, el CES recuerda la necesidad de que estas tengan un carácter subsidiario respecto de los Sistemas Autónomos de Solución de Conflictos, gestionados por la autonomía colectiva de los agentes sociales.

Además, el consejo considera necesario que las instrucciones de organización de los servicios de inspección y los criterios técnicos vinculantes para la actuación inspectora se hicieran públicos.

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