Conductores/as de pasajeros, camioneros/as, comerciales, repartidores/as… existen muchas profesiones en las que se necesita un coche o una furgoneta de empresa para desempeñar sus funciones pero ¿qué pasa si un trabajador/a choca con el vehículo de la empresa? Las consecuencias y responsabilidades de este hecho son diferentes en base a varios factores que van desde las circunstancias del accidente o el momento de la jornada en el que se produce hasta la legislación vigente aplicable.
Así pues, si se producen daños personales o materiales en el vehículo, ¿quién lo paga? ¿se indemniza al empleado/a o es él/ella quien corre con los gastos? En este artículo vamos a ver las claves de los accidentes de tráfico con coches de empresa y cómo se resuelven correctamente.
Tipos de accidentes con vehículo de empresa
Antes de nada, hay que aclarar que aunque el empleado/a pueda disponer del coche de empresa en cualquier momento e incluso en su horario particular, este sigue siendo de la compañía y será esta persona quien responda generalmente ante cualquier inconveniente. Ahora bien, solo cuando el accidente se produzca cuando el empleado/a esté trabajando o desplazándose al lugar de trabajo será tratado como accidente laboral. Existen tres tipos de accidentes laborales: el accidente “in misión”, el accidente “in itinere” y los accidentes que sufren los conductores/as profesionales.
Accidente “in mision”con el vehículo de empresa
El llamado accidente en misión o “in mision” es cuando el trabajador/a choca con el vehículo durante un desplazamiento puntual por motivos laborales y en cumplimiento de una función encomendada por la empresa como trámites, gestiones o una reunión fuera de la oficina. En este caso es importante que el accidente con el coche de la empresa se produzca durante la prestación de servicios, pero que no sea ni en el centro de trabajo ni al ir o volver al domicilio (en este caso sería accidente “in itinere”).
La jurisprudencia en este tipo de accidentes laborales aclara que para considerarse como tal deberá darse en el tiempo de actividad – y tener relación directa con la misma – y no en momentos de ocio, ni de descanso.
Accidente “in itinere” con el vehículo de empresa
El accidente “in itinere” es uno de los accidentes laborales con vehículo más habituales y se trata de los choques que se dan cuando el trabajador/a se desplaza del trabajo a casa y de casa al trabajo. Puede ocurrir con un coche de empresa pero también en el uso del vehículo particular.
Como el anterior, en este caso también se considera accidente laboral pero hay que demostrarlo justificando que se ha producido realizando el itinerario habitual (sin desviaciones ni paradas por otros motivos) y en el horario que corresponda a la salida o entrada del puesto de trabajo.
Accidente conductores/as profesionales
Este tipo de accidentes laborales son los que atañen a conductores/as profesionales como camioneros/as, taxistas, conductores/as de VTC, etc. y cuyos vehículos son su centro de trabajo. Por sus características propias, en la normativa se separan de los demás tipos de accidentes que se producen con vehículos de la empresa.
Quién es el responsable legal en accidente de trabajo
En los accidentes de tráfico laborales es el seguro y la mutua del trabajo quienes se hacen cargo de evaluar el siniestro y de la baja y la rehabilitación del empleado/a, pero es la empresa quien tiene que reclamar la indemnización tanto para el trabajador/a como por los daños materiales del vehículo. Ahora bien, ¿quién es el responsable si un trabajador/a choca con el vehículo de la empresa? Pues esto se determina como en cualquier otro accidente de tráfico: depende de quién haya causado el siniestro y de las circunstancias en las que se haya producido.
Responsabilidad del empleado/a con el vehículo de empresa
Si un trabajador/a choca con el vehículo de la empresa hay que valorar de quién es la culpa del accidente. La responsabilidad es del empleado/a cuando el accidente se haya producido a causa de su imprudencia, es decir, si no ha respetado las señales o límites de tráfico, si ha conducido bajo los efectos de alguna sustancia o si no ha asegurado bien la carga del vehículo, por poner algunos ejemplos. En estas circunstancias, la empresa puede reclamar al empleado/a los daños que se produzcan.
Sin embargo, en accidentes laborales y de tráfico, si no ha sido la culpa del trabajador/a, este (mediante la empresa) puede reclamar las indemnizaciones pertinentes de la mutua y del seguro del coche en base a los baremos de accidentes de tráfico existentes.
Responsabilidades de la empresa
En base a las normativas de Prevención de Riesgos Laborales, la seguridad vial de los trabajadores/as debe promoverla la empresa con unas prácticas que minimicen los riesgos de sufrir accidentes. En este sentido, se debe controlar que los trabajadores/as cuenten con los carnets adecuados, los reconocimientos médicos correspondientes, que los vehículos de empresa estén en buenas condiciones y tengan las medidas de conducción segura actualizadas y toda la documentación en regla.
Asimismo, se puede optar por otras medidas de prevención como reducir los desplazamientos lo máximo posible o formaciones sobre las necesidades de conducción responsable para determinados trabajos. Y es que es importante saber que si un trabajador/a choca con un vehículo de la empresa y se detecta que no ha ejercido estas funciones en detrimento de la seguridad del trabajador/a, la compañía puede ser sancionada.