30 de octubre de 2024
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UPTA propone que los gastos de los vechículos de trabajo de los autónomos sean deducibles en IRPF

UPTA propone que los gastos de los vechículos de trabajo de los autónomos sean deducibles en IRPF

La Unión General de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) propone que los gastos derivados de los turismos afectos a la actividad económica de los autónomos sean deducibles en el IRPF dado que, no teniendo un carácter de prestación de servicios de transporte, son utilizados habitualmente por estos trabajadores para el desempeño de su negocio.

UPTA ha remitido un informe a la Dirección General de Tributos del Ministerio de Economía y Hacienda con propuestas de cambio en el proyecto de Reglamento de la nueva Ley de IRPF, que entró en vigor el pasado 1 de enero.

El borrador del reglamento contempla, según UPTA, que no están afectos a la actividad económica más que los bienes, entre ellos los vehículos, que se utilizan en la actividad privada sólo de forma accesoria y poco relevante.

La propuesta que hace el sindicato incorpora que sean tenidos en cuenta a estos efectos los vehículos cuyo destino principal sea su utilización en la actividad económica, de tal manera que se suavicen las condiciones sin que se modifique el objetivo de control del citado reglamento.

Según la organización de autónomos, esta propuesta puede beneficiar a cientos de miles de profesionales que son dependientes de sus vehículos particulares para el ejercicio de su actividad. De esta forma, quedarían igualados, al menos, a la situación de los agentes comerciales.

UPTA entiende también que la medida permitiría mejorar las condiciones de negociación con los ayuntamientos, que en algunos casos están estudiando la posibilidad de ofrecer sistemas especiales de aparcamiento para los profesionales durante el tiempo de ejercicio de su actividad fuera de su lugar habitual de trabajo, ya que se contaría con una base legal suficiente de interpretación del concepto de vehículo afecto a la actividad económica.

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