Que en Octubre del año pasado un concesionario de un puesto de frutas en el mercado central, denunció verbalmente tanto a los vigilantes de seguridad que cubrían ese servicio como a los dos oficiales de mercado, que había echado en falta dos piezas de fruta de un total de nueve en una de las cajas en la que había observado la existencia de dos huecos vacíos. A consecuencia de dicha denuncia verbal y con objeto de averiguar si personas ajenas al servicio habían tenido acceso a las dependencias municipales, por parte del responsable de equipo se inician las gestiones de investigación, después de haber entrevistado al personal de vigilancia y limpieza incluida la trabajadora en cuestión y ante la negativa de todos ellos es por lo que se comprueba la grabación de las cámaras de seguridad, dándose la circunstancia de que en el momento en que se detecta la identidad de la autora, se encontraban presentes tanto el responsable de equipo, como personal de la empresa y funcionarios de la Ciudad Autónoma, ante lo cual no cabe mas que continuar con las formalidades que determina el procedimiento a seguir en estos casos.
Solo en ese momento, la trabajadora reconoce, ser la autora del hecho y no antes cuando se podía haber evitado la comprobación visual. A la vista de esa declaración, cuando la dirección de la empresa ya ha tenido conocimiento, el representante sindical, intervino en favor de la vigilante de seguridad para que ésta no fuera despedida, opción que, a priori, había tomado la empresa. Como la trabajadora no estaba de acuerdo con la sanción impuesta, el delegado sindical de CSI*CSIF la remitió a la asesoría jurídica de este sindicato a fin de acudir a la jurisdicción social para impugnar la sanción.
La trabajadora recibió en todo momento asesoramiento jurídico y ofrecimiento para demandar en vía laboral, optando la trabajadora finalmente por acudir a los servicios jurídicos de otro sindicato. Jamás se le indicó, como se ha publicado, que podría obtener una sentencia en la que se acordara su despido, hubiera sido un auténtico desatino legal tan tremendo que sólo por lo absurdo no resulta creíble.
CSI*CSIF defiende a todos sus afiliados de sanciones impuestas, con independencia de las escasas o nulas probabilidades que puedan tener ante un Juzgado pero, a veces, los afiliados no se muestran conformes ante la previsión de una posible desestimación de la demanda y acuden a quien les brinda mayores probabilidades de éxito. Es incierto que Jesús Sánchez Cano interviniera para que la trabajadora no fuera defendida por la abogada de CSI*CSIF, de hecho fue Sánchez Cano el que la remitió al despacho profesional de la letrada, quien no recibe afiliados si previamente no se ha solicitado cita por el delegado sindical del sector correspondiente. Respecto a las declaraciones de la Secretaria de Igualdad de UGT que manifiesta que Jesús Sánchez Cano actuó con machismo ante la mujer embarazada, las consideramos ofensivas y carentes de fundamento. El Sr. Sánchez Cano no ha realizado ninguna actuación incorrecta, mucho menos machista.
Como Jefe de Equipo de un servicio en una empresa de Seguridad tiene la misión de averiguar las circunstancias en que se han producido unas posibles sustracciones y poner los hechos en conocimiento de la empresa, esté o no embarazada su autora, de otro modo él sería el sancionado. Como sindicalista ha defendido a la trabajadora, tanto interviniendo a su favor frente a la empresa como ofreciéndole cobertura jurídica. Al respecto de la acusación de machismo, diremos que fue Jesús Sánchez Cano quien ante el estado de gestación de la trabajadora solicitó por escrito a la empresa que no realizara turnos de noche por el mayor peligro en ese horario, ni por la mañana para que no tuviera que realizar ninguna intervención, consiguiendo que la empresa le concediera el turno de tarde.
Finalmente, esta Central Sindical quiere poner de manifiesto que antes de difundir información y acusaciones hacia este Sindicato o sus cargos, los medios de comunicación que enarbolan estas causas, deberían comprobar fehacientemente las informaciones recibidas y no contar medias verdades. Y le recomendamos que antes de emprender una guerra abierta contra esta Central sindical, desglose y separe las cuestiones profesionales de aquellas que sean meramente personales contra algún miembro, por causas pasadas, como parecer ser el caso.
No queremos entrar en detalles internos del proceso de investigación llevado ante este caso por no lesionar el derecho al honor de otras personas y en cuanto al allanamiento de la empresa en la vista judicial, queremos hacer constar que se ha producido gracias a la intervención y mediación directa de los mas altos responsables de este Sindicato con los de la empresa de seguridad en favor de la trabajadora, a pesar de todas las declaraciones vertidas por algunos diarios. La intención de este sindicato no es entrar en polémica ni réplicas ni contrarréplicas, lo aquí escrito es la verdad de lo ocurrido de lo que éste sindicato responde frente a otras versiones partidistas o interesadas.
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