La justicia da la razón a la Asociación Española de Asesores Fiscales en una nueva victoria en su campaña por la transparencia de la Administración Pública en su relación con el contribuyente. El Juzgado Central contencioso administrativo número 4 de Madrid, en sentencia de fecha 22 de julio de 2022, ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por AEDAF, en el que reconoce su derecho a que la AEAT le facilite la información sobre las normas reguladoras del concepto retributivo denominado “complemento de productividad”, así como los criterios para la aplicación de dichas normas.
La ley de creación de la AEAT establece que ésta se financie parcialmente con un porcentaje derivado de su propia recaudación, siendo así que tal porcentaje se fija cada año por la Ley de Presupuestos. Por su parte, la Ley 28/2006 regula la llamada «Gestión transparente por objetivos» de las Agencias estatales, objetivos a los que va ligada la masa salarial destinada al complemento de productividad del personal, en este caso de la AEAT. La Dirección General de esta fija anualmente los objetivos a alcanzar, sin embargo, no publica los criterios de distribución de dicha masa salarial.
Dicha retribución variable no se ve afectada si, posteriormente, las actuaciones de la AEAT tomadas como base para su cálculo, son anuladas o minoradas, ya sea en vía administrativa o judicial.
Fuentes de AEDAF señalan que se trata, por otra parte, de una práctica muy poco común en las administraciones tributarias de otros países del entorno: “Canadá es uno de los pocos que aplica este tipo de incentivos, que han sido duramente cuestionados puesto que, en palabras de académicos de prestigio, su existencia podría, en ciertos casos, condicionar la imparcialidad de los funcionarios, incluso inconscientemente”.
A principios de este año, AEDAF solicitó, a la Dirección General de la AEAT, la publicación de los criterios utilizados para el reparto de las retribuciones variables, solicitud que no fue atendida. Ante el silencio administrativo, se planteó recurso ante un juzgado de lo contencioso-administrativo, con base en la Ley de Transparencia, recurso que ha sido estimado y por el que se obliga a la AEAT a hacer públicos dichos criterios.
La presidente de AEDAF, Stella Raventós Calvo, valora muy positivamente esta decisión: “La transparencia que se exige a los contribuyentes debe ser correspondida por la Administración, y en la Asociación trabajamos en esta línea para desarrollar una relación sana y colaborativa entre Hacienda y el contribuyente. Y esta sentencia es un paso adelante, muy importante, aunque aún quedan otros muchos que dar en esa dirección”.
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