En España, la cifra de trabajadores afectados los ERTE llegó a ser de casi 3,4 millones (3.386.785) durante los primeros meses del confinamiento. Según los últimos datos de febrero, actualmente hay 878.000 personas en esta situación, lo que supone un repunte en los expedientes de regulación temporal de empleo con respecto al mes de enero. A pocas semanas para que comience la campaña de la Renta de 2020-2021, las empresas de servicios de asesoría y gestoría advierten que los ERTE también afectan a las declaraciones de la renta.
Desde CE Consulting, la mayor red de consultorías y asesorías de España, apuntan a que la principal clave está en el número de pagadores. Para muchos de estos trabajadores, lo habitual habría sido contar con un único pagador durante 2020, es decir, la empresa para la que trabajan. Sin embargo, a esto hay que añadir el cobro de las prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Si estuve en ERTE, ¿tengo que hacer la declaración de la renta obligatoriamente?
Haber tenido más de un pagador durante 2020 no significa que haya que presentar la declaración de la renta sobre ese ejercicio, al menos no de manera automática. Para determinar si la declaración es obligatoria, hay que atender al importe conjunto de todos los rendimientos brutos del trabajo del año, el cual no puede sobrepasar:
- El importe de 14.000€ anuales (si la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, supera en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales).
- El importe de 22.000€ anuales (si la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no supera en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales).
Por ejemplo, si el SEPE ha abonado un bruto anual en el 2020 de 2.000€ y la empresa ha pagado un bruto anual de 16.000€, se estará obligado a presentar la renta de 2020, ya que el total de 18.000€ de rendimiento bruto del trabajo supera el límite de los 14.000€ anuales (que opera al ser superior a 1.500€ anuales el pagador de menor cuantía).
Según María Fernanda Rodríguez, Directora Fiscal de CE Consulting: “lo más recomendable para las personas que han estado en ERTE durante 2020, a la hora de presentar su declaración, es que se revisen todos los pagadores que se han tenido durante el año, ya sea la empresa, el SEPE o la Seguridad Social”. Una vez recopilados, apuntan desde la compañía, habrá que recopilar los certificados de trabajo emitidos por los pagadores y atender a los límites de ingresos que operen en cada caso.
Si tengo dos pagadores, ¿me saldrá a pagar?
Estar obligado a presentar la declaración del ejercicio de 2020 no significa, como regla general, que el resultado salga a pagar. Sin embargo, haber estado en ERTE aumenta las posibilidades de que esto ocurra, según señala María Fernanda Rodríguez: “Habría que analizar todos los rendimientos que se presentan en la declaración, así como las retenciones ya pagadas durante el año 2020. Ahora bien, en la medida en que el SEPE no ha retenido IRPF en los pagos realizados durante la duración del ERTE, es más factible que la cuota de la renta salga a pagar”.
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