«La libertad del repartidor para no estar disponible no es tan amplia como se quiere aparentar, pues en caso de rechazar los pedidos no se le garantizarán pedidos mínimos e, incluso, se puede prescindir de sus servicios”. Este es uno de los argumentos expuestos por el Juzgado Social número 21 de Barcelona para concluir que los 748 repartidores de Deliveroo han actuado como “falsos autónomos”.
Como consecuencia, la sentencia publicada este martes sobre el mayor juicio contra plataformas de reparto celebrado hasta ahora en España, obligará a Deliveroo a dar de alta en la Seguridad Social a los repartidores de Barcelona y, además, la empresa tendrá que abonar 1,3 millones de euros al organismo público en concepto de cotizaciones sociales no abonadas.
Hay diferentes elementos que en esta ocasión el juez considera probados para determinar la existencia de la relación laboral.
- Los horarios. Tanto los horarios como la disponibilidad del trabajador corrían a cargo de la empresa.
- Los medios de transporte. Según el argumento de la defensa de la compañía, los repartidores utilizan utilizaban sus propios medios de transporte (bicicletas, patines o motocicletas) y sus propios teléfonos móviles para gestionar las comandas que le llegaban de la empresa. Argumento que no ha sido aceptado por el Juzgado Social número 21 de Barcelona, que considera esos elementos “poco importantes” dada la estructura organizativa y de medios que había detrás de los repartidores. “La puesta a disposición del vehículo, con ser un dato de interés, no puede convertirse sin más en determinante de la inexistencia de una relación laboral”.
- La existencia de plantilla asalariada. Otro de los principales argumentos de la acusación es que sí había plantilla asalariada en Deliveroo ofreciendo servicios a los falsos autónomos. Además, era la empresa la que fijaba los precios de los servicios de forma unilateral, siendo así la intermediaria que cobraba el servicio ofrecido por el trabajador. Según señala la sentencia, “los repartidores estaban incardinados en el ámbito rector, organizativo y de dirección de Roofoods”. Así mismo, se constata que Deliveroo, a través de la sociedad Roofods Spain, vehiculaba la relación con sus repartidores a través de la suscripción de distintos “contratos de arrendamientos de servicios” que ofrecían una falsa apariencia de trabajador autónomo.
Deliveroo, a través de un comunicado oficial, ha anunciado que va a recurrir la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, una estrategia que ya ha llevado a cabo en anteriores ocasiones con casos similares. “La sentencia no refleja la forma de colaboración de los riders con la compañía y se refiere a un modelo antiguo que no afecta a los riders actuales. Si los mensajeros fueran reclasificados como ‘empleados’, el negocio se vería tan afectado que tendríamos que revisar factores clave como la cantidad de riders o el número de ciudades en las que podemos operar”, recalcan en el comunicado.
Macrojuicios ‘riders’ en España
El fallo llega dos años después de la denuncia y en un momento en el que el Gobierno está buscando junto a los agentes sociales la elaboración de la futura ley del trabajo en plataformas digitales. En 2019, la Inspección de Trabajo inició su procedimiento tras las denuncias cursadas por Intersindical Alternativa de Catalunya y la plataforma RidersxDerechos con el asesoramiento del Col·lectiu Ronda. Este acta levantada en Barcelona fue la primera en cuestionar el modelo laboral de la economía de estas compañías y, desde entonces, otras plataformas como Glovo han sufrido golpes similares de la Justicia.
Tras esta sentencia en firme, en Barcelona aún quedan pendientes otros dos macrojuicios. Uno de ellos afecta a 114 repartidores de la plataforma Stuart; el otro, incumbe a más de 1.000 repartidores de Glovo. Ambos se celebran en próximo mes de julio.
Mientras tanto, en Madrid, la Inspección de Trabajo tiene otro macrojuicio pendiente que afecta a 542 repartidores de Deliveroo en esta ciudad. Un juicio que será resulto por el Tribunal Supremo en las próximas semanas, tras dos sentencias fallidas.
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