El Gobierno ha decretado este sábado el estado de alarma por segunda vez en democracia para frenar la expansión del coronavirus. Según el texto que se dispone a aprobar el Consejo de Ministros en la reunión extraordinaria que está celebrando en Moncloa, desde hoy se confina a los españoles en sus domicilios salvo en casos concretos y se pone a todas las autoridades del Estado a las órdenes del Gobierno de la nación.
Sobre la circulación de personas, el Gobierno se dispone a aprobar una orden en la que sólo se permitirá salir del domicilio en estos casos:
1. Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
2. Asistencia a centros sanitarios.
3. Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
4. Retorno al lugar de residencia habitual.
5. Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
6. Desplazamiento a entidades financieras
7. Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
8. Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.
De esta manera, los ciudadanos tendrán cierta libertad de movimientos a pesar de las restricciones. Lo que se prohíbe de forma expresa es cualquier salida por motivos de ocio.
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