15 de noviembre de 2024
RRHHDigital - El periódico online referente en Recursos Humanos

Desconexión laboral: un derecho en trámite

Desconexión laboral: un derecho en trámite

Coincidiendo con el primer aniversario de la puesta en marcha en el país galo del derecho a la desconexión laboral y tras las declaraciones de la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, en las que expresaba el deseo del Gobierno de incluir dicho derecho dentro de un posible acuerdo futuro de conciliación, IMF Business School ha querido hacer un balance de la situación que viven miles de trabajadores cada día en nuestro país. Por otro lado, también propone algunas medidas a adoptar hasta que España se convierta en el segundo país de la Unión Europea en reconocer el derecho a no conectarse a cualquier herramienta digital profesional (smartphone, Internet, correo electrónico, etc.) fuera de la jornada laboral.

A algunos le puede parecer una medida drástica, pero las cifras son alarmantes: el 65 % de los trabajadores españoles trabaja fuera del horario laboral, cifra que aumenta hasta 9 de cada 10 en el caso de los directivos, según un estudio elaborado por Edenred y la consultoría Ipsos. Desde el punto de vista de la prevención en riesgos laborales, Carlos Martínez, presidente de IMF Business School y experto en PRL advierte de que “la falta de desconexión laboral se ha convertido en una de las causas principales del conocido ‘síndrome del trabajador quemado’ o burnout”. Este tipo de estrés laboral surge a consecuencia del agotamiento físico y mental que sufren los trabajadores por la falta de descanso.

Aunque el estrés laboral no es un problema nuevo, ya en 2005 la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) alertaba de que un 66% de los encuestados señalaba los problemas laborales como la mayor causa de estrés, sí es cada día es más preocupante. De hecho, al revisar los datos de muertes laborales que ofrece el Ministerio de Empleo, se observa que en 2016 las principales causas de muerte en el trabajo fueron los infartos y derrames cerebrales, consecuencias directas del estrés laboral, que aumentaron en un 14,3% respecto a 2015.

Sin duda, el impacto de las nuevas tecnologías en el mercado laboral ha dado lugar a nuevas formas de trabajo más flexibles, pero también ha provocado la conexión 24 horas 7 días a la semana de los trabajadores. Por lo que a veces resulta difícil desconectar y no revisar fuera de los horarios de trabajo las llamadas o emails corporativos. Esto explica que las mejoras en la conciliación de la vida personal y laboral se encuentren entre los tres deseos más demandados por los españoles en 2018, según cifras de la XI Encuesta elaborada por Adecco ¿Qué pedirías a tu empresa en el nuevo año?

Aunque por el momento el derecho a la desconexión no está regulado por ley en nuestro país, tampoco es posible la imposición de una medida disciplinaria por no contestar emails o atender llamadas fuera del horario laboral. Por tanto, desde IMF Business School aconsejan poner en marcha medidas preventivas como: el cierre de sesión automático una vez finalizada la jornada laboral y hasta el inicio de la misma; solicitar un teléfono de empresa que no llevaremos a casa: en el caso de tener que enviar algún email fuere del horario laboral, evitar poner en copia a personas que no están directamente relacionadas con el asunto, y concienciar al resto de trabajadores en la reducción del envío de correos electrónicos fuera del trabajo, entre otros.

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Los lectores opinan

¿Cuál es el mayor desafío para abordar la salud mental en el entorno laboral?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...
Lo más leído

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital