Los secretarios generales de CC.OO. y UGT, Ignacio Fernández Toxo y Pepe Álvarez, han enviado una carta a la ministra de Empleo y Seguridad Social en funciones, Fátima Báñez, para pedir al Gobierno que adopte las medidas legislativas necesarias para elevar de 12 a 20 días por año trabajado la indemnización a recibir por el trabajador temporal a la finalización de su contrato y extender esta indemnización a los contratos interinos, que ahora carecen de ella.
Con este cambio legal se igualaría la indemnización de los contratos temporales a la que reciben los indefinidos en un despido por causas objetivas y se adaptaría la legislación española a las recientes sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la contratación temporal, explican en su carta.
En concreto, los líderes sindicales reclaman modificaciones en el Estatuto de los Trabajadores, la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud para que la legislación española cumpla con el acuerdo marco suscrito por la Confederación Europea de Sindicatos y las organizaciones empresariales europeas UNICE y CEEP sobre el trabajo de duración determinada.
En dicho acuerdo marco se prohíbe tratar de forma menos favorable a los trabajadores con contrato temporal en relación con los trabajadores fijos por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada.
Por este motivo, ambos sindicatos demandan a Báñez la modificación del artículo 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores, a efectos de incrementar de 12 a 20 días por año trabajado la indemnización que se recibe a la finalización del contrato temporal y de extender el derecho a la mencionada indemnización a los contratos de interinidad y demás contratos temporales que actualmente carecen de ella.
Asimismo, Toxo y Álvarez emplazan al Gobierno a reformar la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud para garantizar la estabilidad en el empleo de los funcionarios y personal estatutario interino, eventuales y de sustitución conforme a lo dispuesto en varias sentencias del TJUE publicadas el pasado 14 de septiembre.
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