La Comisión de Empleo del Congreso debatirá este miércoles la primera de las propuestas que tiene pendientes sobre la derogación del artículo del Código Penal que permite sentenciar a penas de cárcel a los piquetes informativos, iniciativa de ERC que previsiblemente saldrá adelante con el respaldo de una amplia mayoría de los grupos parlamentarios.
Los republicanos catalanes criticarán que el derecho de huelga, protegido por la Constitución y por la Carta Internacional de los Derechos Humanos, esté «siendo limitado de facto» por la política «represiva» que el Ejecutivo ‘popular’ ha aplicado en los últimos años, aprovechando una «rémora del articulado legislativo franquista» y como «advertencia al sindicalismo activo».
Por ello, Esquerra plantea suprimir el punto 3 del artículo 315 del Código Penal, que prevé penas agravadas de cárcel de entre 21 y 36 meses o multas de entre 18 y 24 meses a quienes, actuando en grupo o individualmente pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga.
Sobreseer las causas abiertas
Además, incluye una disposición para que las causas en tramitación queden sobreseídas y para que el Ministerio Fiscal realice las actuaciones necesarias para revisar las sentencias condenatorias ya dictadas y para anular las condenas y restaurar o indemnizar por los daños causados.
Estos emplazamientos son similares a los que los republicanos catalanes recogen en una proposición de ley que plantea directamente la modificación del Código Penal en los términos mencionados.
Más pena por impedir la huelga
Ambas iniciativas se suman a las que tienen registradas en la Cámara Baja tanto el PSOE como Podemos. Los socialistas, que incluyeron esta iniciativa en su primera batería de propuestas parlamentarias al inicio de la legislatura, exigen suprimir este precepto en su totalidad e instar a los jueces o tribunales a revisar las sentencias firmes dictadas conforme a la actual redacción de la norma.
Por su parte, la formación morada va más allá y reclama tanto derogar el citado punto como modificar el resto del artículo para elevar las penas de prisión a quienes impidan o limiten el ejercicio de huelga o la libertad sindical, desde los actuales dos años hasta tres años, además de imponer multas de seis a doce meses.
Igualmente, plantea que si las conductas antisindicales se llevan a cabo «con fuerza, violencia o intimidación», y no únicamente con coacción como reza actualmente la norma, se impongan «penas superiores en grado», que podrían superar a los castigos previstos actualmente de cárcel de 21 a 36 años o multas de 18 a 24 meses.
Podemos pide también sobreseer las causas actualmente en tramitación y que el Ministerio Fiscal anule las condenas ya dictadas en un plazo máxima de quince días; así como que promueva la revisión de todas las situaciones penitenciarias que pudieran existir, cancele los correspondientes antecedentes penales e indemnice a quienes hayan quedado privados de libertad o devuelva el dinero de las multas con los intereses legales aplicables.
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