Según explica el alto tribunal en una resolución, el guardia civil se ocupaba de su negocio particular, montado entorno a la web www.reparación24.es. En la página, anunciaban sus servicios distintos profesionales dedicados a trabajos de reparaciones y albañilería. Además, el propio guardia civil se ocupaba, a través de su móvil y de un correo electrónico, de poner en contacto a clientes interesados en estos servicios con el profesional adecuado.
El agente, que estaba destinado en la Comandancia de Salamanca, incluyó en la página web su dirección en la casa cuartel de esa localidad y mantenía «excesivas llamadas telefónicas tanto a través del teléfono oficial como de su móvil particular» desde la oficina donde debía desempeñar su trabajo.
La resolución advierte que se desplazaba al pasillo o las escaleras de las dependencias lo que le impedía atender adecuadamente los requerimientos de su unidad. Su bajo rendimiento condujo a su jefe a pedirle que le justifica por escrito su ausencia.
El Supremo ha confirmado la sanción al considerar que la suspensión es proporcional con la gravedad del hecho dado que «desde su puesto y en horas de trabajo realizaba gestiones en beneficio de la entidad mercantil de la que era apoderado».
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