29 de diciembre de 2024

Relación de fiestas laborales para el año 2016

Relación de fiestas laborales para el año 2016

Con fecha 22 de octubre se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 19 de octubre de 2015, de la Dirección General de Empleo por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2016.

El próximo año habrá siete días festivos nacionales “no sustituibles” y uno, el de Reyes, que es sustituible pero que todas las comunidades lo han mantenido.

Los ocho días festivos que coincidirán en toda España son:

  • 1 de enero, Año Nuevo (viernes)
  • 6 de enero, Epifanía del Señor (miércoles)
  • 25 de marzo, Viernes Santo
  • 15 de agosto, Asunción de la Virgen (lunes)
  • 12 de octubre, Fiesta Nacional de España (miércoles)
  • 1 de noviembre, Todos los Santos (martes)
  • 6 de diciembre, Día de la Constitución Española (martes)
  • 8 de diciembre, Inmaculada Concepción (jueves)

En 2016 no se añaden como festivos nacionales el 1 de mayo (Fiesta del Trabajo) y el 25 de diciembre (Natividad del Señor) por caer en domingo, si bien los dos lunes siguientes a estas dos fechas (2 de mayo y 26 de diciembre) serán festivos en:

  • 2 de mayo: Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Castilla y León, Extremadura y Madrid
  • 26 de diciembre: en todas las regiones menos en Canarias, Galicia, País Vasco y La Rioja

En virtud de la facultad de los gobiernos regionales de cambiar determinadas fiestas, el Jueves Santo, 24 de marzo será festivo en todas las comunidades autónomas excepto en Cataluña. El lunes de Pascua, 28 de marzo, es festivo en Cataluña, País Vasco, La Rioja, Navarra, Comunidad Valenciana y Baleares.

El 19 de marzo, San José, será festivo únicamente en la Comunidad Valenciana, Murcia y en la Ciudad Autónoma de Melilla.

Por su parte, el 25 de julio, Santiago Apóstol, sólo será festivo en Galicia, Madrid, Navarra, País Vasco y La Rioja.

El calendario laboral tiene los ocho días festivos simultáneos en toda España, de los 12 que hay en todas las comunidades y a los que hay que añadir las dos fiestas locales que designa cada ayuntamiento.

Enlace a la Resolución de 19 de octubre de 2015 / BOE

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Los lectores opinan

¿Qué tendencia en RRHH crees que transformará más las organizaciones en 2025?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...
Lo más leído

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital