ASEMPLEO, la mayor asociación de agencias privadas de empleo, ha participado en el workshop TEMPORALIDAD: HERRAMIENTA O LASTRE, celebrado esta mañana en la biblioteca de la Fundación Ortega y Gasset. No cabe duda de que la temporalidad laboral es, hoy en día, una de las grandes preocupaciones de la población, por lo que cabe preguntarse si está justificada esta preocupación, dónde está justificada la temporalidad, qué magnitud ha alcanzado y si va a ir a más, cuál es la forma más adecuada de gestionarla, o si la temporalidad injustificada está siendo sancionada o se hace algo para evitarla.
Para responder a todas estas cuestiones, distintos profesionales expertos en la materia han aportado su experiencia y su conocimiento, exponiendo sus conclusiones al respecto. Entre otros, hemos contado con D. José Antonio Herce, Doctor en Economía y Asociado en Afi (Analistas Financieros Internacionales); D. Joaquín Nieto, Director de la Oficina de la OIT para España; D. Rafael García Matos, Subdirector General para la Coordinación en materia de RRLL, PRL y Medidas de Igualdad e Inspector de Trabajo y de Seguridad Social; D. Andreu Cruañas, Presidente de Asempleo; y Dña. María Romero, Consultora en Analistas Financieros Internacionales, quién realizó una breve introducción del estudio realizado sobre la evolución de la contratación temporal de corta duración.
Todos ellos han coincidido en que la temporalidad es necesaria y, debidamente dimensionada y gestionada, contribuye al desarrollo económico y al bienestar del trabajador, aunque hay que evitar la temporalidad excesiva y no justificada y debería estar gestionada por profesionales. Es cierto que genera una percepción de inseguridad, si bien cabe destacar que no se debe confundir temporalidad con precariedad.
La entrada en el mercado de trabajo en los momentos de recuperación económica se produce a partir de contratos iniciales de corta duración, que incorpora al trabajador al mercado de trabajo, desarrolla su empleabilidad y más de un tercio de estos empleados se incorporan en la plantilla de la empresa usuaria. Este tránsito hacia una mayor empleabilidad requiere una intermediación profesional, selección, formación y colocación donde las Empresas de Trabajo Temporal pueden ofrecer la mejor gestión gracias a su experiencia y competencia en este ámbito.
El nivel de temporalidad en España es compatible con la participación de los sectores económicos estacionales, como la hostelería y la agricultura. Debido a que España tiene un alto nivel de productividad ligado a estos sectores, se ha utilizado esta modalidad de contratación injustificadamente.
Se hizo hincapié en las actuaciones necesarias para controlar las infracciones que derivan en una temporalidad injustificada, apoyando e incentivando las inspecciones laborales. Con respecto a los contratos de muy corta duración (7 días o menos), se concluyó que el recargo sobre este tipo de contratación es ineficaz, ya que ha adquirido un gran protagonismo durante estos últimos años y fomenta el empleo sumergido. El estudio presentado por Afi señala que el recargo especial que grava la temporalidad de corta duración, no resulta disuasoria para optar por esta modalidad ni aporta ingresos significativos a la Seguridad Social.
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