El Tribunal Supremo ha dado la razón a los empleados de Carrefour en el conflicto colectivo que mantenían con la empresa después de que ésta cambiara unilateralmente las condiciones laborales de los trabajadores tras la liberalización de horarios comerciales en la Comunidad de Madrid.
Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que el Alto Tribunal tumba un recurso de casación interpuesto por Carrefour contra una sentencia dictada por el TSJM. Esta resolución daba la razón a la Federación de Comercio, Hostelería y Turismo de CC.OO tras impugnar la modificación sustancial de condiciones de trabajo.
En concreto, la empresa modificó el número de días trabajados en domingos y festivos como consecuencia de la ampliación por ley de los horarios comerciales en la Comunidad de Madrid.
La sentencia de instancia declaraba no ajustada a derecho esa decisión, ya que esa modificación requería un previo procedimiento de consultas como el Estatuto de los Trabajadores requiere.
De este modo, declaró nulas las decisiones empresariales relacionadas con esa modificación del calendario laboral por haberse introducido sobre lo previsto en el Convenio Colectivo y haberse llevado a cabo de forma unilateral y sin seguir el procedimiento de descuelgue establecido en el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores.
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