El Registro Mercantil ha sido designado por el Regulatory Oversight Committe (ROC) como la entidad que se encargará en España de emitir certificados para garantizar la transparencia en contratos de derivados (futuros, opciones y swaps), según un comunicado conjunto del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el Ministerio de Economía y el Justicia.
Esta asignación tiene su origen en el Reglamento del Parlamento Europeo conocido como EMIR, que exige a las contrapartes de un contrato de derivados que faciliten a los registros de operaciones un determinado tipo de datos, y que es de aplicación en toda la UE desde el pasado 12 de febrero.
Entre otras cuestiones, en la normativa de desarrollo del Reglamento se contempla que quienes tomen parte en las citadas transacciones financieras queden identificados, de manera unívoca, mediante el uso de un código conocido como Identificador de Entidad Jurídica (LEI, por sus siglas en inglés).
A la espera de poder dar por finalizado el diseño de un sistema LEI definitivo, se ha puesto en marcha una solución provisional que permite a las entidades obtener unos códigos equivalentes denominados Pre-LEI. Estos identificadores están siendo emitidos por las entidades pre-LOU, organizaciones que actúan en esta fase como registros locales. Estas unidades se transformarán ya en Local Operating Units (LOU) una vez este asentado el sistema LEI definitivo.
Así pues, a partir de ahora todos los códigos pre-LEI del Registro Mercantil son aceptados automáticamente por todas las demás autoridades que integran el ROC a los efectos de poder cumplir con los requisitos regulatorios existentes.
Los comentarios están cerrados.