El Consejo de Ministros aprobará este viernes el Real Decreto-ley que regula la ‘tarifa plana’ de 100 euros al mes en las cotizaciones empresariales por contingencias comunes para todos los nuevos contratos indefinidos, tal y como anunció el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en el Debate sobre el estado de la Nación.
Mediante esta medida, vigente desde el pasado martes, cualquier empresa y autónomo que contrate a un trabajador de manera indefinida pagará sólo 100 euros al mes en cotizaciones por contingencias comunes durante los dos primeros años, siempre y cuando esta nueva contratación se traduzca en creación de empleo neto, es decir, en un aumento de la plantilla.
Para beneficiarse de la ‘tarifa plana’, la empresa no puede haber realizado despidos colectivos ni individuales declarados improcedentes en los seis meses anteriores a la celebración de los nuevos contratos, y debe estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
En el caso de rescindir el contrato antes de tres años, las empresas deberán reintegrar todos los beneficios aplicados. La medida implicará un ahorro al empleador cercano al 75% en la cotización por contingencias comunes. Para un sueldo bruto anual de 20.000 euros, esta ‘tarifa plana’ ahorrará a las empresas 3.520 euros anuales, es decir, unos 7.040 euros en dos años.
Fuentes del Gobierno han apuntado a Europa Press que esta ‘tarifa plana’ beneficiará a todos los contratos indefinidos, sean a tiempo completo o parcial, aunque está por ver si la cotización será inferior a los 100 euros mensuales en el caso de los contratos indefinidos a tiempo parcial. La norma, posiblemente, también clarificará si esta medida será de aplicación a las conversaciones de temporales a fijos.
El jefe del Ejecutivo ha definido esta ‘tarifa plana’ como el impulso a la creación de empleo neto «más importante de la historia» española, al igual que ha hecho la ministra de Empleo, Fátima Báñez, que, al contrario de lo que opinan los sindicatos, considera que esta medida no perjudicará los ingresos de la Seguridad Social, sino que los impulsará.
Este cambio en la cotización que pagan los empresarios por contingencias comunes para los contratos fijos no afecta a la aportación del trabajador ni a la cotización empresarial por el resto de contingencias (desempleo, Fogasa y formación profesional), que seguirán rigiéndose por las reglas vigentes.
Tampoco tendrá impacto en la cuantía de las prestaciones económicas a las que puedan tener derecho los trabajadores, que se calcularán aplicando el importe íntegro de la base de cotización, según el Ministerio de Empleo.
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