RRHH Digital El Sector Ferroviario de la Federación de Servicios a la Ciudadanía (FSC) de CCOO, junto con otros sindicatos, interpuso la demanda contra la decisión de la empresa Comfersa –participada por ADIF al 51% y por Renfe al 49%– de detraer, de febrero a mayo de 2013, la paga extraordinaria que ya había sido abonada en diciembre de 2012. Es decir, no sólo no aplicó en 2012 el RD 20/2012, que le permitía, en aquel momento, detraer la cantidad correspondiente a 2012, sino que trató de compensar en 2013 lo no hecho en su momento.
La sentencia, en su parte final dice:
Estimamos parcialmente la demanda y declaramos la nulidad de la compensación del importe de la paga extraordinaria, realizada por la empresa Comfersa a estar y pasar por dicha declaración, así como a reintegrar a los trabajadores las cantidades detraídas a todos los efectos legales oportunos. –Queda pendiente, hasta que se produzca resolución de la cuestión de constitucionalidad elevada por la sala en su procedimiento 322/2012, la parte proporcional a las pagas extraordinarias devengadas hasta 15-07-2012.
El Sector Ferroviario de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO valora muy positivamente que la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, haya fallado claramente a favor de las tesis de los demandantes, y lo hace a través del secretario general del Sector Ferroviario, donde se encuadra esta empresa, Manuel Nicolás Taguas, quien ha declarado: “Espero que esta sentencia abra una nueva puerta a la solución de las injusticias que consagra el RD 20/2012 y que CCOO ya recurrió en su momento”.
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