23 de diciembre de 2024
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El Corte Inglés mantiene los sueldos de los trabajadores de sus filiales Supercor y Opencor

El Corte Inglés mantiene los sueldos de los trabajadores de sus filiales Supercor y Opencor

Recursos Humanos Digital  El Corte Inglés mantendrá los sueldos de los trabajadores de sus filiales Supercor, Supercor Express y Opencor, que no cobrarán los domingos y festivos, pero tendrán más descanso semanal, y verán fijada su jornada anual en 1.800 horas anuales, según recoge el convenio al que tuvo acceso Europa Press.

El convenio de dichas filiales, que estará vigente hasta 2016, contempla, no obstante, mejoras de recuperación salarial en el segundo semestre de 2015, teniendo en cuenta la evolución de las ventas.

«Durante el segundo semestre del año 2015 las partes evaluarán conjuntamente el comportamiento del negocio de las empresas afectadas por el convenio colectivo al objeto, si procede, la introducción de mejoras en el mismo para el año 2016», señala el convenio.

Además establece que la jornada podrá distribuirse regular o irregularmente a lo largo del año y cualquier día de la semana, teniendo en cuenta la mayor intensidad en la actividad comercial en determinados días de la semana o periodos del año, pudiendo ampliarse el número de horas ordinarias diarias, respetando en todo caso el descanso entre jornadas.

En este sentido, aquellos trabajadores que presten servicios durante todos los días de la semana con los descansos legal o convencionalmente establecidos tendrán derecho a no prestar servicios más del 75% de los domingos y festivos de apertura comercial.

Esta limitación no será de aplicación a aquellos trabajadores contratados para prestar servicios tres días o menos de promedio semanal dentro del cómputo anual.

En el capítulo de horas extraordinarias, las partes firmantes del convenio acuerdan que se compensarán preferentemente en descanso, siempre y cuando no pertube el normal proceso productivo de las empresas. La compensación de las mismas, bien en descanso o retribución, se efectuará hora por hora, salvo pacto en contrario.

Asimismo, según recoge el convenio, en el supuesto de que el periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal que imposibilite al trabajador su disfrute, podrá hacerlo una vez finalice la incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de 18 meses a partir del final del año en que se hayan originado.

Por último, en lo que se refiere a la antigüedad, ésta se le reconocerá y consolidará a todos aquellos empleados que la venían cobrando y se compensará el tramo que se haya devengado hasta el 1 de enero de este año, señala el convenio.

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