RRHH Digital Gestolasa, empresa de consultoría de Recursos Humanos dedicada a la prestación de servicios de Consultoría, Asesoría y Outsourcing en el ámbito de los Recursos Humanos, y especializada en la gestión de aspectos económicos y jurídicos de dicho área, AEDIPE CENTRO, Asociación Española de Dirección y Desarrollo de Personas, y Sagardoy Abogados han organizado un desayuno de trabajo, en el que expertos de las tres organizaciones han explicado el panorama vigente en materia de pensiones y lo relativo a aportaciones al Tesoro Público de acuerdo con la publicación del Real Decreto Ley 5/2013 de 15 de marzo.
Durante el encuentro, al que asistieron más de 160 directivos de RRHH, se han expuesto las novedades legislativas que incorpora la nueva norma en materias de jubilación anticipada, jubilación parcial y los cambios en el régimen de aportaciones al Tesoro Público por despido de personas mayores de 50 años.
Nuria Tor Martínez, socia-directora de Asesoría de Seguridad Social y Derecho Laboral de Gestolasa, ha aclarado cómo en el nuevo panorama convivirán dos normativas vigentes hasta el 31 de diciembre de 2018. Esta novedad hace posible la aplicación de la normativa anterior al 1 de Enero de 2013 a todas las personas con relación laboral extinguida antes de 1 de Abril de 2013 o afectados por ERES suscritos antes de esa fecha siempre que esta no se encuentre de nuevo admitida en un régimen de seguridad social. Tor aclara, en caso que dichas personas volvieran a trabajar, se les aplicaría automáticamente la nueva norma. Además, esto supone que ahora es el propio trabajador el que ha de reflexionar si es de su conveniencia volver al mercado laboral en función de cómo le pueda afectar que su pensión sea regulada por una u otra norma.
La posibilidad de acceder a una jubilación anticipada o prejubilación no desaparece. Se amplía al supuesto de cese voluntario, pero los requisitos se vuelven más restrictivos para los supuestos de cese involuntario con el fin de evitar el fraude de ley previéndose que sea el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, el que establezca criterios de control uniforme.
Otra novedad destacable que introduce el Real Decreto es la nueva opción de compatibilizar trabajo y jubilación. Esta nueva modalidad permite trabajar y percibir el 50 % de la pensión a la persona que cumplida la edad legal de jubilarse, desee seguir trabajando bien a tiempo completo, parcial, o por cuenta propia, en la misma empresa o en otra diferente. La mayor diferencia que presenta con la modalidad de jubilación flexible ya existente es que al trabajador no se le restringe el tiempo de trabajo en el contrato.
Ramón Cuerno Díaz, socio director de Consultoría Económico Actuarial, ha analizado los instrumentos a disposición de las empresas para orientar las carreras hacia la jubilación de sus plantillas. Con su ponencia se ha esbozado las oportunidades que nos ofrece el RD ya que en ella conviven una pluralidad de soluciones a la hora de establecer los accesos a la jubilación.
Las nuevas reformas en materia de pensiones, apuntan a postergar la edad de jubilación. Con ello se plantea a que las carreras laborales se alarguen, beneficiadas en sí por las nuevas oportunidades de posibilitar y aunar trabajo y jubilación.
En el encuentro también ha intervenido el vicepresidente de Aedipe Centro, Juan Rodríguez Fidalgo, para quien ?estamos ante una ley que quiere que la Gestión de las empresas se realice desde el Ministerio de Trabajo?; ?el legislador es muy afecto a ayudar a las empresas a gestionar sus plantillas?.
Por su parte, José Manuel Martín, de Sagardoy Abogados, ha destacado que el nuevo marco legal ofrece una oportunidad para la contractualización de la obligación de jubilarse.
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