RRHH Digital La Federación de Organizaciones en favor de personas con discapacidad intelectual de Madrid, (FEAPS Madrid) ha presentado un Derecho de Petición al consejero de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid en el que solicita la regulación de la compatibilidad entre prestaciones económicas y de servicios para personas dependientes.
En el escrito de petición, FEAPS Madrid explica que el RD Ley 20/2012 de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, modificó parcialmente la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y atención a las personas en situación de dependencia endureciendo el régimen de incompatibilidad de las prestaciones.
No obstante, en la regulación se establece también que las administraciones públicas competentes pondrán determinar la compatibilidad “entre prestaciones para apoyo, cuidados y atención que faciliten la permanencia en el domicilio a la persona en situación de dependencia, de tal forma que la suma de estas prestaciones no sea superior, en su conjunto, a las intensidades máximas reconocidas a su grado de dependencia”.
FEAPS Madrid considera que esta posibilidad contribuiría a la mejora de la autonomía de las personas con discapacidad intelectual ya que la actual rigidez de las incompatibilidades impide a éstas que puedan acceder a servicios y prestaciones verdaderamente personalizados como es exigible de acuerdo con los principios de la propia Ley de dependencia y la Convención de la ONU.
Por todo ello, el movimiento asociativo solicita a la Comunidad de Madrid que cuando desarrolle la normativa a aplicar tenga en cuenta esta cuestión para flexibilidad las rígidas incompatibilidades establecidas en la ley de medidas de estabilidad presupuestaria.
Este es el tercer derecho de petición que FEAPS Madrid presenta a la Consejería de Asuntos Sociales con el fin de mejorar la autonomía de las personas con discapacidad intelectual.
El primero de los ellos fue el relativo a la necesidad de que las personas con discapacidad intelectual mayores de 60 años puedan elegir entre acudir a una residencia de mayores o una residencia de mayores especializada en discapacidad intelectual.
El segundo de los derechos de petición presentado, hace referencia a la importancia de que se tenga en cuenta la capacidad económica individual de las personas con discapacidad tuteladas a la hora de aplicar la Ley de Promoción de la Autonomía Personal ya que el no hacerlo, supone una discriminación respecto al resto de solicitantes.
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