RRHH Digital UNIR, la Universidad en Internet, organizó un encuentro de mediación online en el que participaron Fernando de Rosa, Vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial, José Miguel Castillo, Diputado en el Congreso y abogado, Conrado Escobar, ex Consejero de Justicia y Presidencia del Gobierno de La Rioja, diputado en el Congreso de los Diputados y abogado, Julio Fuentes, Subdirector General de Política Legislativa del Ministerio de Justicia, Gonzalo Stampa, Abogado experto en Mediación y Arbitraje y Enrique Arnaldo, Letrado de las Cortes Generales.
Arnaldo es uno de los responsables del recurso contra la Orden de las tasas judiciales que solicita a la Audiencia Nacional que se suspenda cautelarmente su aplicación por los perjuicios que supone a la hora de iniciar un procedimiento judicial. Según ha explicado Arnaldo en una Jornada online de Mediación organizada por UNIR “se está vulnerando gravemente el derecho a tutela judicial efectiva”. Arnaldo opina que el daño es irreparable puesto que el número de procedimientos civiles ha disminuido un 30% desde que entró en vigor esta nueva orden. La tasa ha impedido el acceso a los tribunales a una gran parte de la sociedad española, añade.
La Ley de Mediación según Fernando de Rosa y Miguel Castillo
La inminente entrada en vigor de la nueva Ley de Mediación busca agilizar y dar respuesta a la falta de eficacia derivada de un sistema jurídico colapsado.
En la Jornada de Mediación online celebrada por UNIR, la Universidad en Internet, el vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial, Fernando de Rosa, y el portavoz del Grupo Popular en la Comisión de Justicia y abogado, José Miguel Castillo, resolvieron las dudas existentes en torno a la nueva norma de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles.
Según de Rosa “Se trata de un proceso extrajudicial y flexible que facilita que sean las propias partes las que resuelvan el conflicto sin tener que recurrir (o para finalizarlo anticipadamente) a un proceso judicial arbitrario.” Castillo añade que “Para facilitar el acceso a este método habrá un registro oficial de mediadores a los cuales podrán acudir los ciudadanos”.
La figura del mediador
Cualquier ciudadano homologado para el puesto puede llevar a cabo esta función. La persona que ejerza la mediación debe contar con un título universitario o Formación Profesional de grado superior. Aunque el Real Decreto no contempla la titulación específica de esta base, será necesario añadir al CV “una formación específica multidisciplinar y continua de al menos 50 horas”, explica Castillo.
El porqué de la ley
“La mayor parte de las protestas sociales en materia de Justicia se deben a la lentitud de nuestros tribunales, y esta lentitud viene justificada por un exceso de litigiosidad y una excesiva carga judicial”, expone Castillo.
En 2011, el CGPJ ingresó un total de 9 millones de asuntos, una cifra que supone una acumulación de cerca de tres millones de trámites pendientes a final de año.
Ventajas frente a los métodos jurídicos tradicionales
“Si las partes son las protagonistas, la solución va a ser mucho más duradera y menos conflictiva para ambas”, subraya el vicepresidente del CGPJ. También supone una ventaja a nivel emocional porque, según comenta, “no se trata de una imposición”.
¿Mediación gratuita o privada?
Gratuita en aquellos casos que lo justifiquen. La directiva que traspone la nueva Ley establece una previsión para que la Administración tenga la obligación de fomentar la gratuidad de toda aquella información en este tipo de procesos.
La Orden de tasas y la mediación
“Una de las causas del exceso de litigiosidad es precisamente la gratuidad. Las nuevas tasas van a influir positivamente en que los ciudadanos acudirán más a la mediación porque su coste va a ser menor”, sentencia de Rosa, quien calcula que el ahorro respecto a un juicio ordinario oscilará en torno a un 75%.
El ámbito de la Ley de Mediación
Aunque con anterioridad en la mayor parte de las Comunidades Autónomas se habían dictado leyes sobre Mediación, se circunscribían al ámbito de las relaciones familiares. Ahora se amplía su objetivo al abrirse al Derecho Civil y Mercantil y no solo a través de fórmulas presenciales sino incluso de forma electrónica. La nueva Ley de Mediación se establece para conflictos nacionales o transfronterizos y excluye la mediación laboral, penal y en materia de consumo.
Según el portavoz popular, el ministro de Justicia se ha comprometido a ampliar poco a poco la mediación a otros campos como el Penal. “Más adelante yo diría que este sistema va a ser fundamental en el ámbito Contencioso Administrativo y por qué no, en el honor o la propiedad”, añade de Rosa
La Ley excluye específicamente aquellos casos de violencia de género, en los que no cabe mediación legal sin juicio.
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