RRHH Digital La entidad Servicios y Estudios para la Navegación Aérea y la Seguridad Aeronáutica (SENASA), dedicada a formación aeronáutica y de controladores, ha sido condenada a readmitir a cinco trabajadores en dos sentencias que declaran «la improcedencia» de las extinciones de contrato de los afectados.
El Juzgado de lo Social nº30 de Madrid declara en sus dos sentencias, del 12 de diciembre, a las que ha tenido acceso Europa Press, la «improcedencia» de los despidos de los demandantes y condena a Senasa a su readmisión, a indemnizar a los afectados y al abono de los salarios de tramitación desde el despido.
En julio de 2012, la entidad pública, con más de 25 trabajadores en plantilla, despidió a 13 trabajadoras de formación y a un instructor de simuladores de vuelo, entre los que figuran los cinco demandantes.
Senasa invocó la necesidad de amortizar puestos de trabajo alegando causas productivas, económicas y organizativas. Así, alegó la pérdida del monopolio en la formación de controladores, la menor demanda de formación de personal de tránsito aéreo (ATM), la reducción de contratación de efectivos por parte de AENA y la reorganización interna de la entidad que redujo su personal.
Además, acreditó una caída de los ingresos del 21%, hasta 24,9 millones de euros, y unas pérdidas estimadas de 1,72 millones de euros para el ejercicio 2012, tras haber obtenido beneficios en años anteriores.
En ambas sentencias, se recuerda a Senasa que no basta con acreditar la existencia de pérdidas previstas y que la disminución de ventas además de «apreciable» debe ser «sostenida al menos durante tres trimestres consecutivos y relacionarse con un periodo comparable del ejercicio anterior».
Señala también que la nueva contratación externa de efectivos puede suponer una variación de los resultados finales del ejercicio, al sustituir mano de obra fija por temporal, y de los ingresos con los nuevos cursos.
CONTRATÓ PERSONAL
Senasa reconoció la contratación en octubre de 2012 de más de una decena de seudopilotos en varias torres para la formación externa (fuera de la sede), tras el encargo de nuevos trabajos con carácter temporal por parte de AENA.
Justificó los despidos junto a otras medidas de reducción de costes como la supresión de cinco puestos de confianza y la eliminación de la paga extra de Navidad por Ley.
El fallo señala que excluida la causa económica, las causas organizativas y productivas «igualmente se ven comprometidas», por no seguir criterios de racionalidad, pues las retribuciones de los altos cargos «no solo se han mantenido íntegras sino que incluso han subido ligeramente».
«Cuando a todo el personal se le ha recortado la paga extra por Navidad por criterios legales, en buena lógica hubiera obligado a recortar en la misma medida y proporción las retribuciones del presidente-consejero delegado y demás directores generales. Todo lo cual derivar en la improcedencia de los despidos», rezan las sentencias.
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