26 de noviembre de 2024
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El BOE publica la gestión de altas y bajas en la Seguridad Social de los empleados de hogar

El BOE publica la gestión de altas y bajas en la Seguridad Social de los empleados de hogar

RRHH Digital El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este lunes la gestión de altas, bajas y comunicaciones a la Seguridad Social de los empleados de hogar, después de que el pasado viernes el Gobierno aprobara un decreto para flexibilizar estas obligaciones con el fin de facilitar que estos trabajadores se integren en mayor número en el Régimen General.

   El Decreto Ley aprobado permite a los empleadores delegar por escrito todas estas gestiones en el caso de aquellas empleadas que no trabajen más de 60 horas mensuales, aunque cualquier responsabilidad subsidiaria, como el no ingreso de las cotizaciones correspondientes a dicho empleador, seguirán recayendo en éste.

   Para ello, ambas partes deberán acordar esta cesión de obligaciones, con lo que se tratará en todo caso de un acto voluntario, al que la trabajadora podrá llegar, en caso de desarrollar su actividad de forma discontinua, con más de un pagador.

   Además, esta obligación, que en el anterior marco jurídico recaía únicamente sobre el cabeza de familia, ahora podrá ser responsabilidad de cualquier miembro del hogar.

   También incluye la reducción de tramos de bases de cotización (de 15 a 8) que contemplaba el régimen transitorio antes de que en 2018 todas las bases se igualaran con las del Régimen General.

   Esta modificación se debe a que se ha detectado una caída de la cotización en este régimen de 63 millones de euros, por un descenso generalizado del 30% en las bases de cotización que no ha sido compensado pese al incremento del número de cotizantes.

   Con el nuevo cambio, se han reducido las bases intermedias para que las más bajas aumenten y se obtenga no sólo una mayor recaudación por esta vía, sino también una mejora de las futuras prestaciones de estas empleadas.

   Así, la base mínima de cotización pasa de 90 euros a 147 euros, mientras que la máxima se mantiene en 790 euros, sobre la que se seguirá aplicando un tipo del 22,9% en 2013.

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