Recursos Humanos Digital La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha anulado el laudo que ponía fin al conflicto entre Iberia y el Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (Sepla), al ordenar que se vuelva a dictar la decisión tras escuchar las alegaciones de Iberia Express.
De esta forma, la sentencia apunta que la filial de la compañía aérea deberá estar presente en el arbitraje, ya que éste le obligaba a aplicar un convenio que limitaba su posibilidad de contratar a sus pilotos y «restringía» su capacidad de obrar.
Del mismo modo, considera que los motivos de las huelgas previas al arbitraje tenían su base en la creación de Express, por lo que remarca que no tiene sentido pretender solucionar el conflicto sin pronunciarse sobre la creación y el funcionamiento de la compañía.
Asimismo, añade que queda demostrado que la filial no fue convocada a ninguna reunión ni se solicitó a la matriz que actuara en su nombre o le transmitiera la convocatoria, por lo que subraya la existencia de un defecto procedimental «esencial» en la tramitación del arbitraje.
La nulidad del laudo retrotrae las actuaciones hasta el momento previo a que el árbitro designado por el Gobierno, Jaime Montalvo, diera audiencia a las partes, con el objeto de escuchar a Express y a partir de ahí dictar otro laudo «conforme a su saber y su entender».
El origen del litigio se remonta a la creación a finales del pasado año de la nueva filial de Iberia para el corto y medio radio, Iberia Express, que desembocó en 18 jornadas de huelga por parte del colectivo de pilotos, ocasionando un impacto económico que ascendió a 54 millones de euros.
RECURSO DE CASACIÓN ANTE EL SUPREMO
No obstante, contra esta sentencia cabe recurso de casación ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, que podrá prepararse ante esta Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en el plazo de cinco días hábiles a partir de este lunes.
Durante la vista, celebrada el pasado 25 de octubre, tanto el Sepla como el fiscal personado en la causa solicitaron la desestimación de esta demanda, tras cuestionar este último los motivos de Iberia para no impugnar el laudo en vía contenciosa en el momento en que se dictó.
PROCESO PARALELO
Cabe recordar que esta decisión no sustituye al proceso paralelo en el que Iberia estaba personada contra el Sepla, sin contar con la presencia de Express, y cuya decisión de la AN concluyó con la anulación de la vista celebrada el pasado 11 de octubre.
Así, la matriz que ya ha ampliado la demanda a la filial a petición de la Sala será quien decida si retira o continúa adelante con esta otra acción a la vista de esta sentencia.
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