5 de noviembre de 2024
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Anulan los despidos de una empresa que esperó la reforma laboral para su ERE

Anulan los despidos de una empresa que esperó la reforma laboral para su ERE

RRHH Digital. La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha anulado los despidos de 23 trabajadores de una empresa que frenó un ERE para volver a ponerlo en marcha una vez que entró en vigor la nueva reforma laboral.

En la sentencia, los magistrados entienden que la empresa actuó en fraude de ley al intentar «cambiar de árbitro y también de reglas de juego en pleno partido, apartándose frontalmente del procedimiento exigido por la ley».

La resolución considera probado que la empresa Tradisa Logicauto promovió el ERE el 7 de febrero, tres días antes de la entrada en vigor de la reforma laboral, ante el Departamento de Empresa y Ocupación de la Generalitat de Cataluña.
Huir del procedimiento administrativo

Posteriormente desistió y volvió a tramitar el ERE ante la Dirección General de Empleo del Ministerio «con los mismos objetivos y circunstancias que el presentado ante la autoridad laboral autonómica».

Según los jueces, el objetivo de la empresa era «huir del procedimiento administrativo que debía seguir» y optó por el que más le beneficiaba, ya que la reforma laboral no exige autorización de la Administración para ejecutar despidos colectivos.

La sentencia señala que la actuación es fraudulenta porque intenta beneficiarse de un procedimiento más flexible que el precedente y porque la nueva legislación «deja en manos del empresario la decisión de extinguir colectivamente puestos de trabajo».

Añade que el segundo despido colectivo «reproducía el primero sin la más mínima matización», por lo que los magistrados entienden que no existen causas nuevas que justifiquen el cese y reanudación del ERE.
Reclamar la readmisión

La sentencia declara nulos los despidos, pero aclara que no se puede condenar a la empresa a readmitir a los trabajadores, ya que deben ser estos quienes impugnen sus despidos de manera individual, aunque apoyándose en esta sentencia.

Una de las disposiciones transitorias de la reforma laboral señala que los expedientes de regulación de empleo que estuvieran en tramitación a la entrada en vigor del real decreto-ley se regirán por la normativa vigente en el momento de su inicio.

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