RRHH Digital. Dichas ayudas, cuyo decreto ha sido aprobado este viernes en Consejo de Gobierno autonómico, forman parte del Programa Extraordinario para Personas Paradas de Larga Duración firmado el pasado 28 de diciembre por el Ejecutivo regional y los agentes sociales y económicos más representativos de la región.
El citado programa tiene como objetivo impulsar la integración laboral y mejorar la empleabilidad de los colectivos con mayores dificultades para acceder al mercado de trabajo, según ha destacado en rueda de prensa tras el Consejo de Gobierno la vicepresidenta y portavoz del Ejecutivo extremeño, Cristina Teniente.
De acuerdo con el decreto aprobado este viernes, que es el primero contemplado dentro del programa extraordinario, se considera como parados de larga duración a aquellas personas que estén inscritas como desempleadas al menos 360 días en los 18 meses anteriores a la fecha de la presentación de la oferta de empleo.
Teniente ha avanzado igualmente que otros decretos contemplados en el programa global serán aprobados en próximas semanas. En concreto, la próxima está prevista la aprobación de uno referido a obras y servicios para ayuntamientos y en fechas posteriores otros relativos a talleres y escuelas de empleo.
PAGO POR ANTICIPADO
Asimismo, como ‘principal novedad’, la vicepresidenta ha señalado que el pago de las ayudas se abonará por anticipado, en su totalidad y en pago ‘único’, una vez efectuadas las contrataciones.
También ha destacado que se trata de un programa de ayudas ‘inédito’ al contemplar subvenciones a la contratación temporal de trabajadores desempleados. Así, podrán ser contratados con este programa aquellas personas que estén inscritas como desempleados al menos 360 días en los 18 meses anteriores a la fecha de la presentación de la oferta.
En este sentido, podrán ser beneficiarias de las ayudas las empresas de menos de 25 trabajadores que realicen contrataciones de parados de larga duración que no tengan derecho a las prestaciones por desempleo.
Tienen la consideración de empresa las personas físicas o jurídicas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en el decreto, realicen las contrataciones señaladas.
Asimismo, podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas que, cumpliendo los requisitos y condiciones previstos en cada caso, realicen contrataciones de trabajadores.
Teniente ha explicado igualmente que se realizará una tramitación ‘ágil’ de las ayudas, tanto por los documentos a presentar, como en la obtención de los mismos por la Administración con la previa autorización de los solicitantes; y ha subrayado que dicha ‘agilidad’ y ‘simplificación administrativa’ facilitará ‘liquidez’ a las empresas.
DECRETO
En cuanto al decreto aprobado este viernes, las subvenciones que regula tienen como beneficiarias a las empresas de menos de 25 trabajadores con actividad en Extremadura que realicen contrataciones de personas paradas de larga duración que no tienen derecho a prestaciones por desempleo.
Se articulan así dos programas de subvenciones destinadas a incentivar y fomentar la contratación de parados en dichas circunstancias. En concreto, uno se dirige a contrataciones con duración máxima subvencionable de tres meses y una cuantía de 1.800 euros por contratación, y otro a contratos con duración máxima subvencionable de seis meses y una cuantía de 4.000 euros por contratación.
PLAZOS
Además, el plazo de presentación de solicitudes será de un año a contar desde la entrada en vigor del decreto, y las empresas interesadas deberán presentar sus solicitudes en el modelo normalizado que estará disponible en el Servicio Extremeño Público de Empleo (Sexpe) y en la página www.extremaduratrabaja.net.
Una vez notificada la resolución de concesión, la entidad beneficiaria deberá, en el plazo máximo de cinco días hábiles, formalizar la oferta de empleo y presentarla ante el Sexpe, que efectuará una preselección de los demandantes inscritos que reúnan los requisitos y criterios específicos previstos en el decreto.
Asimismo, las contrataciones fijadas en la resolución de concesión de la subvención deberán formalizarse en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la fecha de notificación de la misma.
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