2 de noviembre de 2024
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Un brigadista pide que sea accidente laboral la infección que le amputó el brazo

Un brigadista pide que sea accidente laboral la infección que le amputó el brazo

RRHH Digital. Un exbrigadista forestal valenciano ha reclamado hoy ante el juez que la amputación de su brazo izquierdo que sufrió tras la infección de una herida en septiembre de 2008 sea reconocida como un accidente laboral y no una enfermedad común, y se le indemnice en consecuencia.

En la vista celebrada hoy en el Juzgado de lo Social número 7 de Valencia, la defensa ha asegurado que Federico G. acudió con su patrulla a sofocar un incendio y que, en horario laboral y en el cumplimiento de sus funciones, se infectó con Streptococcus pyogenes, conocido como bacteria «comecarne».

Por contra, las partes demandadas -la empresa para la que trabajaba el brigadista (TRAGSA), la mutua aseguradora y el INSS- sostienen que el demandante es víctima de una enfermedad común y que se contagió con la bacteria «fuera del trabajo».

El 13 de septiembre de 2008, el hombre acudió con un grupo de compañeros de la brigada forestal a apagar un incendio en un vertedero de residuos sólidos en el término municipal de Camporrobles.

Según el exbrigadista, de 65 años, durante las labores de extinción sufrió una contusión con la punta de lanza de la manguera, por un cambio de presión del agua, que le levantó una costra de una herida previa en el primer dedo de la mano izquierda, aunque no dio parte porque no pensó que el golpe pudiera derivar en la amputación de un miembro.

A la mañana siguiente, tenía la mano «hinchada» y «mucha fiebre», por lo que relató lo sucedido a su capataz, que le instó a acudir a la mutua. Horas después ingresó en urgencias del hospital de Requena, donde se le diagnosticó una fascitis necrotizante de miembro superior izquierdo, dando las pruebas médicas positivo a la bacteria Streptococcus pyogenes.

Al cabo de unos días, el paciente precisó, por la gravedad de la infección, de la amputación del brazo afectado.

En sus conclusiones, el letrado demandante ha asegurado que su cliente se produjo tanto la primera herida -un corte cuando preparaba comida junto a sus colegas en un descanso laboral- como la infección de ésta -cuando la manguera le abrió la costra y penetró la bacteria- en el trabajo, por lo que considera que es víctima de un accidente laboral.

Los letrados de las demandadas, que discrepan de esta teoría, han sostenido que no existen elementos de prueba suficientes para determinar que la causa de la enfermedad del exbrigadista se encuentre en el desempeño de sus labores.

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