23 de noviembre de 2024
RRHHDigital - El periódico online referente en Recursos Humanos

El Gobierno suspende hoy el tope al encadenamiento de contratos temporales

El Gobierno suspende hoy el tope al encadenamiento de contratos temporales

RRHH Digital. El Consejo de Ministros de este viernes volverá a estar cargado de medidas económicas, esta vez relacionadas con el empleo. El Gobierno tiene previsto aprobar un Real Decreto-Ley que tiene como medidas ‘estrella’ la suspensión, durante dos años, del límite al encadenamiento de contratos temporales, la prórroga por seis meses de la ayuda de 400 euros para parados sin ingresos y la creación de un nuevo contrato de formación para jóvenes sin cualificación que permitirá combinar formación con un trabajo remunerado.

   La norma llega al Consejo de Ministros con el rechazo de sindicatos y empresarios. Los primeros están muy molestos por la decisión del Gobierno de suspender el tope actual al encadenamiento de contratos temporales y los segundos han criticado que se haya dejado fuera del decreto la reforma del contrato a tiempo parcial para dotarle de mayor flexibilidad.

   Además de las medidas antes mencionadas, la norma prorrogará hasta 2013 el pago por parte del Fogasa de parte de las indemnizaciones por despido, aunque sólo en los casos de despidos procedentes, al tiempo que retrasará al primer semestre de 2013 el desarrollo de un proceso negociador para implantar el fondo de capitalización acordado por Gobierno y agentes sociales.

   También establecerá que en el plazo de seis meses a partir de su entrada en vigor habrán de tomarse las medidas necesarias para integrar el Servicio Público de Empleo Estatal y el Fogasa en un único organismo, y prorrogará un año más, hasta finales de 2013, las bonificaciones a la conversión de contratos temporales en fijos.

   Si no hay sorpresas de última hora, la norma dejará en suspenso durante dos años el artículo 15.5 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el que se establece que adquirirán la condición de fijos aquellos trabajadores que en un plazo de treinta meses hubieran estado contratados durante más de dos años, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas mediante dos o más contratos temporales.

   El Gobierno justifica esta medida en que el límite actual al encadenamiento, «lejos de fomentar la contratación indefinida», puede estar produciendo «efectos indeseados» de no renovación de contratos temporales.

   El ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, lo justificaba así en unas declaraciones a RNE recogidas por Europa Press: «Muchas empresas y algunas instituciones públicas importantes no renuevan los contratos temporales si con esa renovación se incurre ya en la regla de que a la próxima se tiene que convertir ese contrato en indefinido».

NUEVO CONTRATO DE FORMACIÓN

   En cuanto al nuevo contrato de formación y aprendizaje, se podrá realizar con jóvenes de entre 16 y 25 años que carezcan de cualificación profesional alguna, si bien, de manera transitoria, hasta el 31 de diciembre de 2013, esta modalidad contractual también podrá efectuarse con jóvenes de hasta 30 años sin cualificación profesional. En el caso de celebrarse con personas con discapacidad, no habrá límite máximo de edad.

   La duración del contrato será de dos años, aunque podrá prorrogarse otro año más en función de las necesidades formativas del trabajador o de las necesidades organizativas de las empresas. Una vez expirada la duración del contrato, el trabajador no podrá ser contratado bajo esta modalidad por la misma o distinta empresa. Estos contratos no podrán efectuarse cuando el puesto de trabajo correspondiente al contrato haya sido desempeñado con anterioridad por el trabajador en la misma empresa por tiempo superior a un año.

   Las empresas que, al finalizar su duración, transformen estos contratos en indefinidos podrán disfrutar de una reducción en la cuota empresarial de la Seguridad Social de 1.500 euros al año durante tres años. En el caso de las mujeres, la rebaja en la cotización será de 1.800 euros anuales. Para tener derecho a estas reducciones, la transformación deberá implicar un aumento en el nivel de empleo fijo de las empresas contratantes.

   El trabajador sujeto a este contrato deberá recibir la formación oportuna en un centro formativo reconocido por el sistema nacional de empleo y la actividad laboral que desempeñe en la empresa deberá estar relacionada con la formación que esté recibiendo. Ésta tendrá que comenzar como máximo en un plazo de cuatro meses a contar desde la fecha de la celebración del contrato.

EL SMI SERÁ LA REFERENCIA Y LA JORNADA NO PODRÁ SUPERAR EL 75%

   El trabajador podrá solicitar un certificado de profesionalidad en función de la cualificación o competencia profesional adquirida a través del contrato. El tiempo de trabajo efectivo que desempeñe el trabajador deberá ser compatible con el dedicado a las actividades formativas y no podrá superar el 75% de la jornada máxima prevista en convenio o, en su defecto, de la jornada máxima legal. Tampoco podrán realizarse horas extraordinarias ni trabajos nocturnos o a turnos.

   La retribución del trabajador contratado bajo esta modalidad se fijará en proporción al tiempo de trabajo efectivo pero, en ningún caso, el salario percibido podrá ser inferior al SMI en proporción a las horas efectivas dedicadas. Además, el trabajador contratado bajo esta modalidad tendrá derecho a prestación por desempleo y estará protegido por todas las contingencias y prestaciones de la Seguridad Social.

   Las empresas que efectúen contratos de esta naturaleza desde la entrada en vigor de la ley y hasta el 31 de diciembre de 2013 con trabajadores mayores de 20 años e inscritos en el paro con anterioridad al 16 de agosto de 2011 tendrán derecho, durante toda la vigencia del contrato, a una reducción de las cotizaciones empresariales del 100% en el caso de que la empresa empleadora tenga una plantilla inferior a 250 personas o del 75% si igualan o superan esa cifra. Para tener derecho a estas bonificaciones, estos contratos deben traducirse en un aumento de personal en el seno de las empresas.

   Asimismo, los trabajadores contratados bajo esta modalidad estarán eximidos de pagar sus cotizaciones a la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato.

   La norma prorrogará además por otros seis meses, desde el 16 de agosto de 2011 al 15 de febrero de 2012, ambos incluidos, el llamado ‘Plan Prepara’, que combina formación y una ayuda de 400 euros mensuales para los parados que hayan agotado todas sus prestaciones. Para atender el pago de estas ayudas, el decreto contempla un suplemento de crédito al servicio público de empleo estatal, a financiar con deuda pública, por importe de 50 millones de euros.

   El Consejo de Ministros de este viernes podría analizar también cambios fiscales para gravar más a las grandes fortunas a la luz de las insinuaciones que ha hecho en las últimas horas la vicepresidenta económica, Elena Salgado. La ministra ha dicho que no hay tiempo para crear un impuesto nuevo que grave a los más ricos por la proximidad del fin de la legislatura, pero ha dejado la puerta abierta a que se tome alguna medida en ese sentido.

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Los lectores opinan

¿Qué impacto tendría la implementación de una jornada laboral reducida en el rendimiento y la satisfacción de los empleados?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...
Lo más leído

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital