25 de noviembre de 2024
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El Supremo rebaja la pena a un funcionario que robaba dinero de indemnizaciones

El Supremo rebaja la pena a un funcionario que robaba dinero de indemnizaciones

Recursos Humanos Digital. El Tribunal Supremo ha rebajado de 4 años y medio a 3 años la pena impuesta a un auxiliar que trabajaba en un juzgado de Granadilla de Abona, en Tenerife, por esconder en bolsas de basura 61 procedimientos en curso y embolsarse de 2.374 euros procedentes de indemnizaciones que le entregaban en mano varios ciudadanos condenados.

La Sala de lo Penal ha estimado el recurso que interpuso el auxiliar de Justicia José Ángel B. contra la sentencia dictada en septiembre del pasado por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que le consideró culpable de delitos de falsedad en documento oficial, estafa e infidelidad en la custodia de documentos.

La Audiencia Provincial recibió las primeras actuaciones contra el procesado el 17 de mayo de 2005 pero no fue hasta el 23 de junio de 2010 cuando señaló la apertura de juicio oral. El Supremo critica que el tribunal de instancia no justificó ni hizo «el mejor ejercicio de autocrítica» sobre los motivos por los que la paralización se prolongó durante cinco años, un mes y seis días.

«Las razones del por qué existe un derecho a ser juzgado en un plazo razonable es clara. La justicia tardía es menos justicia para todos los protagonistas del proceso, por supuesto para el imputado y también para la víctima», dictamina el alto tribunal.

Según el Supremo, la falta de justificación de la demora convierte la duración total del proceso en «algo no razonable» y hace al procesado «acreedor» de la disminución de su pena para compensar tal quiebra. La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Joaquín Giménez, aplica así la atenuante de dilaciones indebidas e impone una rebaja cualificada de la pena para compensar proporcionalmente los perjuicios causados por la «relevante» tardanza que sufrió este proceso.

SE ASEGURÓ DE QUE LOS DOCUMENTOS NO SE ENCONTRARAN

Los hechos se remontan al 4 de noviembre de 1987 cuando José Ángel comenzó a trabajar como auxiliar en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Granadilla de Abona. El recurrente aprovechó su condición de auxiliar y la circunstancia de que se estuviera reorganizando el archivo del órgano judicial para prolongar su jornada laboral y tener una mayor autonomía.

Durante este periodo de tiempo, el funcionario escondió en bolsas de basura y en una caja de cartón un total de 61 expedientes y documentos que estaban pendientes de tramitación, los ocultó entre piezas de convicción y se aseguró de que no pudieran ser hallados.

Entre otros, ocultó procedimientos relacionados con robos, muertes por accidente de tráfico, estafas, drogas o acoso además de comisiones rogatorias, atestados de la Policía Judicial o exhortos dirigidos a notificar la puesta en libertad de varios procesados. Para evitar ser descubierto, José Ángel hizo anotaciones en los Libros Registro del juzgado que no se correspondían con la realidad y llegó a plasmar que se habían dictado autos de sobresemiento que nunca llegaron a efectuarse.

Además de todo ello, el funcionario, abusando de su cargo, engañó a tres procesados para que le entregaran a él directamente el efectivo de la responsabilidad civil que debían afrontar, en lugar de indicarles la cuenta corriente bancaria de depósitos y consignaciones del juzgado.

En total, mintió a un ciudadano condenado en un juicio de faltas a indemnizar a otro, a un acusado de un delito contra la seguridad del tráfico y un homicidio imprudente y a otro hombre al que le dijo que debía pagarle 450,76 euros para recuperar su carné de conducir. Después de que le entregaran el dinero, les entregaba un documento firmado y con el sello de la Secretaría del Juzgado para darle «mayor veracidad».

En su resolución, el Supremo reprocha que el recurrente como oficial de Justicia «defraudó gravemente las expectativas que la sociedad depositó en él pues, abusando de su cargo, ocultó diversos expedientes e hizo suyas distintas indemnizaciones pagadas por los obligados con destino a los perjudicados en los distintos procesos».

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